Advierten sobre delitos electorales en los próximos comicios | El Nuevo Siglo
Con 936 casos, la corrupción al votante fue el delito electoral más denunciado por los colombianos en la Fiscalía
Registraduría Nacional
Miércoles, 9 de Marzo de 2022
Redacción Política

A falta de tres días para la primera cita de los colombianos en las urnas, las autoridades adelantan detalles para verificar y realizar seguimiento antes, durante y después de la jornada electoral, donde se definirán el nuevo Congreso de la República, que entraría a funcionar a partir del 20 de julio próximo, así como de los tres candidatos presidenciales de las tres coaliciones en disputa.

Con el propósito de que las elecciones transcurran en total normalidad, sin que se presenten ninguna alteración al orden público, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio del Interior, lanzó una cartilla de once delitos, fraudes o irregularidades de tipo electoral, que los ciudadanos deben conocer para denunciar ante la Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral (Uriel).

Vale recordar que la Fiscalía General de la Nación, en su reciente informe sobre los delitos electorales reportados en los últimos cuatro años, se abrieron 3.867 casos en el territorio nacional, de los cuales, 1.273 fueron en 2018, 2.358 en 2019 (elecciones locales, municipales y departamentales), 115 en 2020 y 101 en 2021.

Los delitos que mayor registro tuvo en la entidad fiscal fue la corrupción al sufragante con 936, seguido de fraude en inscripción de cédula con 505, luego aparecen la presión al sufragante (428), voto fraudulento (421), delito contra mecanismo de participación democrática (270) y alteración de resultados (270). En este sentido, el Gobierno enumeró los principales delitos que atentan contra la participación democrática.

1. Perturbación de las elecciones

Según el ministerio, en el marco de la jornada electoral no se podrá permitir que personas impidan, perturben o interrumpan las elecciones, así como el escrutinio de la misma, ya que podría incurrir en una condena de 4 a 9 años de prisión.

“El ciudadano que por medio de maniobra engañosa perturbe o impida votación pública o el escrutinio, incurrirá en prisión de cuatro a nueve años y multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La pena será de prisión de seis a 12 años, cuando la conducta se realice por medio de violencia (…) La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando la conducta sea realizada por un servidor público.”, se lee en la normativa

2. Presión al votante

Conocida también como “constreñimiento al sufragante”, el ciudadano debe denunciar en caso de recibir o ser testigo de amenazas que busquen alterar intención del voto o la de cualquier otro sufragante. La cartera advirtió que el único que tiene que decidir a quién elegir es la persona, de lo contrario, esta práctica tendrá una condena similar a la anterior.

“El que amenace o presione, por cualquier medio a un sufragante, con el fin de obtener apoyo o votación por determinado candidato o lista de candidatos, voto en blanco o por los mismos medios le impida el libre ejercicio del derecho al sufragio, incurrirá en prisión de cuatro a nueve años y multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La pena se aumentará de la mitad al doble cuando la conducta sea realizada por un servidor público”.

3. Engaño al votante

El ministerio señaló que nadie puede engañar a un ciudadano para que vote por determinado candidato, partido o corriente política, ya que tendría una condena entre 4 y 8 años, así como una multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

“La pena aumentará de una tercera parte a la mitad cuando la conducta sea realizada por un servidor público (…) aumentará de la mitad al doble cuando la conducta esté mediada por amenazas de pérdidas de servidor público, estatales o beneficios otorgados con ocasión de la ejecución de programas sociales o culturales o cualquier otro orden, de naturaleza estatal o gubernamental”, menciona la ley.

4. Trasteo de votos o electores

Con una pena de 4 a 9 años de cárcel y multa de 400 a 1.200 salarios mínimos, MinInterior pidió a la ciudadanía para que denuncien cualquier caso de uno o varios ciudadanos inscribieron la cédula en un lugar diferente al de su residencia, trabajo o negocio.

5. Compra y venta de votos

En el caso de que una persona promete o recibe dinero o bienes a cambio del voto, podría incurrir en una condena de 4 a 8 años. “El que suplante a un sufragante, o vote más de una vez, o sin derecho consigne voto en una elección, incurrirá en prisión de cuatro a ocho años y multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes”, expresaron.


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6. Suplantación de votantes

De acuerdo con el Código Penal Colombiano, si un ciudadano es sorprendido cuando suplante a otro en el momento de votar o vote más de una vez, también tendrá cárcel de 4 a 8 años. “El servidor público que permita suplantar a un sufragante, o votar más de una vez o hacerlo sin derecho, incurrirá en prisión de cuatro a nueve años, multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para ejercer cargos públicos por el doble de la pena de prisión impuesta”, agregaron.

Servidores Públicos

7. Complicidad de voto fraudulento

De igual forma, el Ministerio del Interior hizo un llamado a los funcionarios públicos que intervienen en el proceso electoral sobre este aspecto. “Aquellos que propicien la práctica del voto fraudulento tendrán una condena de 4 a 8 años, y una multa de 50 a 200 salarios mínimos mensuales”, explicaron.

8. Mora en la entrega de documentos

En caso de que un funcionario público no haga entrega oportuna de los documentos de votación, sellos de urna y/o arca tri clave, este tendrá una condena de 1,3 a 4,5 años de prisión. “También tendrá multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para ejercer cargos públicos por el mismo tiempo de la pena de prisión impuesta”.

9. Alteración de resultados electorales

Tal vez, es el caso que más denuncia la ciudadanía durante la etapa de escrutinio. Sin embargo, MinInterior puso la lupa al tema e indicó que “nadie podrá alterar el resultado de una votación, introducir documentos o tarjetones indebidamente. Si lo hace tendrá una condena de 4 a 8 años, salvo que la conducta constituya delito sancionado con pena mayor”.

10. Retención ilícita de cédula

Otro punto clave es cuando una persona haga desaparecer, oculte, posea o retenga la cédula(s) de ciudadanía ajena(s) o cualquier otro documento necesario para ejercer su derecho al voto. “Quien cometa esta conducta incurrirá en prisión de 4 a 8 años, salvo que la conducta constituya delito sancionado con pena mayor, y multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes”, afirmó la cartera.

11. Denegación de inscripción

Finalmente, el Ministerio del Interior hizo una advertencia a la ciudadanía para que denuncie al servidor público que no cumpla con su labor de inscribir al candidato o lista de candidatos para los comicios. “Quien no cumpla con su función o la dilate o la entorpezca, tendrá una condena en prisión de 1,3 a 4,5 años, multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para ejercer cargos públicos por el doble de la pena de prisión impuesta”, se lee en el Código Electoral Colombiano.

Otros delitos electorales

De igual manera, el Gobierno advirtió de otros delitos contra los mecanismos de participación democrática que podrían ocurrir en este periodo de elecciones, cuya pena será de 4 a 8 años de prisión, y en algunos casos, tendrían que pagar multas de 400 a 1.200 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Inicialmente, se contempla la financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas por la ley, incluyendo al candidato cuando se trate de cargos uninominales y listas de voto preferente, o voto no preferente o que el aportante no informe sobre los montos que ingresan a la campaña política, así como a quien exceda los topes o límites de gastos establecidos por la autoridad electoral, o aquellos servidores como miembros de corporaciones públicas que utilizan el poder derivado de su cargo para perjudicar o favorecer a una organización.