Nuevo rol de Ciudades Capitales | El Nuevo Siglo
Viernes, 26 de Febrero de 2021

Avance en la descentralización administrativa

* Profundizar el modelo de un país de regiones

 

Uno de los principales hitos de la Constitución del 91 fue, precisamente, el de reconocer a Colombia como un país de regiones y establecer la descentralización efectiva de recursos y funciones como un propósito estatal. Casi tres décadas después de la entrada en vigor de la Carta, este modelo de gobierno y aparato institucional ha tenido algunos avances importantes, pero es claro que todavía falta mucho camino por recorrer.

Uno de esos avances, precisamente, se dio esta semana cuando el Presidente de la República sancionó la llamada Ley de Ciudades Capitales, que al decir del Gobierno y los mandatarios de las 32 urbes y municipios respectivos constituye un paso concreto en la descentralización administrativa, funcional y presupuestal. No solo se genera un marco normativo más claro en cuanto al régimen especial para su organización, gobierno y administración, sino también para que tengan un tratamiento diferenciado por parte de las autoridades administrativas, esto con el fin de promover su desarrollo integral y regional, a partir de su población, necesidades y principales características.

Además de crear normativamente la categoría de “Ciudades Capitales”, el proyecto aprobado por la mayoría de las bancadas en el Congreso el año pasado establece la hoja de ruta para que las 32 capitales departamentales avancen de manera concreta en aspectos clave como autonomía, transferencia de recursos, distribución de funciones y competencias, mecanismos de ordenamiento territorial, conformación de áreas metropolitanas e implementación de modelos de desarrollo y planificación de ciudad-región.

No menos importante resulta el hecho de reconocer las particularidades que tienen algunas de las capitales, desde el punto de vista socioeconómico, ambiental y poblacional, entre otras características. Esa cualificación de las realidades de cada urbe o municipio le permite al Gobierno Nacional Central determinar de forma más precisa las transferencias presupuestales e incluso incrementarlas, a modo de compensación por las sobrecargas o limitaciones puntuales de cada capital.

No se está hablando aquí de un tema menor, ya que casi la mitad de los colombianos vive en las 32 capitales departamentales y estas, por ejemplo, han recibido casi el 60% de los migrantes venezolanos en los últimos años. También es claro que estas urbes y municipios concentran más del 70% de generación del Producto Interno Bruto del país.

La nueva Ley tiene la ventaja de que institucionaliza instancias de coordinación entre dichas ciudades y los ministerios y demás entidades del orden nacional con el fin de que no se presenten cortocircuitos, duplicidad de funciones e incluso falta de sustento presupuestal entre los planes de desarrollo de las capitales, las respectivas áreas metropolitanas y el Gobierno central. En otras palabras, en modo alguno este nuevo estatus de las ciudades capitales implicará que sus administraciones puedan llegar a desembocar en ruedas sueltas dentro del esquema de gobernanza territorial multinivel que se está fortaleciendo a partir de la norma que entró en vigor.

Este es un elemento determinante para que los proyectos de  constitución de áreas metropolitanas se adelanten de forma ordenada, respetando los marcos de autonomía jurisdiccional e institucional de los municipios que hagan parte de las mismas, con el fin de que se puedan abocar procesos de integración en asuntos clave como desarrollo vial, infraestructura, generación de empleos, ampliación y cobertura de servicios públicos, educación, funcionalidad de redes de transporte público masivo e impulso a los nichos de bienes, productos y servicios. Se avanza así de manera decidida e institucional en cuanto a la formulación de Planes de Ordenamiento Territorial (POT) integrales y modernos, que es uno de los procesos más importantes en que está inmerso el país para mejorar los esquemas de gestión, planificación y financiación del desarrollo urbano.

Lo importante ahora es que esta nueva Ley de Ciudades Capitales comience a aplicarse. En modo alguno, y ese tema fue recurrente en el debate en el Congreso, la norma abre paso a una prevalencia o principio de subordinación institucional de los municipios a las capitales. Lo que se creó fue un instrumento llamado a profundizar la descentralización administrativa dirigido a dinamizar y hacer más eficiente la gobernanza territorial y la toma de decisiones en estas urbes, obviamente de forma ordenada, planificada y en pos de mejorar la calidad de vida de la población.