Elección de personeros | El Nuevo Siglo
Miércoles, 12 de Febrero de 2020

 El 25 de julio de 1977 se realizó el Primero Foro Nacional de Personeros, iniciativa de Dolfus Romero Celis, titular del cargo en la capital y yo, su delegado, entre otros, proponiendo la elección popular y democrática del procurador y de los personeros. La propuesta explotó severas críticas en los medios de comunicación que, en sus editoriales, consideraron una atrevida sugerencia. Desde esa fecha hasta hoy esos foros han sido un rito cotidiano. A la última reunión a la que asistí fue en Neiva, el 30 de junio de 1989, a la cual concurrió Luis Carlos Galán Sarmiento y con su apoyo propusimos la fundación de la Asociación de Personeros, hoy constituida como Federación.

Por aquellas épocas, en España, se proponía la abolición de las personerías, una institución originada en Roma imperial y que en la colonia de la Nueva Granada se estableció en cumplimiento de la Cedula Real de 1519 imponiendo la función del Sindico Personero, agente del Ministerio Publico. Luego, la Constitución de la Republica, en 1830, consolido esa institución municipal y desde entonces hasta hoy ha sido respetada.

A raíz del Foro de 1977, en la comisión de la Reforma a la Ley 4 de 1913, en la cual participé, se logró que el ministro de Gobierno, Jaime Castro, mediante el Decreto-ley 1333 de 1986, aumentara el periodo del Personero por dos años, exigiéndosele en capitales título de abogado para profesionalizar esa función. Actualmente son cuatro años y se requiere título en todos los municipios.

A la Procuraduría General llegue como Delegado del Ministerio Publico, designación que me hizo el ilustre Carlos Jiménez Gómez y la principal tarea encargada fue vincular las Personerías a la Procuraría, tal como era en los comienzos en Roma y lo hice, surgiendo su actual valoración jurídica.

El problema ahora es la selección de los candidatos, una de las discusiones provocadas en el Concejo de Bogotá y que en últimas, aprobaron la Resolución que ordena el inicio del concurso público para proveer el cargo. ¡Ojala que sea un acierto!

La práctica de esa tarea, como Personero de Bogotá, me sirvió para incentivar el recurso de amparo; hoy, lo común y corriente, es acudir a la acción de tutela y no apelar a la intervención del Ministerio Público, pues su oficio es dilatado e inane. Los personeros utilizan esa posición para gozar el clientelismo y empeñarse en seguir adelante políticamente, como por ejemplo el caso del señor German Varón Cotrino, ponente del proyecto de ley del Código Nacional de Policía, tramitado como ley ordinaria, no obstante que se le advirtió que debía ser una ley estatutaria. Las autoridades de tránsito en los municipios hacen lo que les viene en gana para ganar multas y los contraventores no cuentan con ninguna protección del Ministerio Público. Para su elección, los concejos deben calificar, fundamentalmente, las calidades éticas, por encima de cualquiera otra intriga. Hoy están desacreditados.