El derecho de los animales | El Nuevo Siglo
Jueves, 6 de Febrero de 2020

Consideramos a los animales como nuestros hermanos menores. Ya en el Génesis se nos dice que Dios pone a todos los animales de la tierra al servicio del hombre, pero no da autoridad para ser el dueño de ellos; es igual que las plantas, son parte de la vida para el humano pero no su propietario.

Los animales creados por Dios, todos desde el más elemental y unidimensional, cumple una función en el equilibrio del ecosistema, aun aquellos animales que el hombre repudia, sean insectos, roedores o serpientes, todos tienen una razón de ser.

En este orden de ideas, el derecho positivo no prevalece sobre el derecho natural, lo cual cobija el derecho de los animales, según la Declaración Universal de los derechos de los animales (Unesco 1977) que en su articulo 4º: a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse. 

b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.

El sentido común prima sobre la interpretación de una fría norma. No son los códigos ni una sentencia la que diga que un oso, animal salvaje cuya naturaleza se encuentra en su hábitat silvestre, deba permanecer al cuidado del hombre en un zoológico. Este confinamiento es el producto del egoísmo humano con fines de educación, diversión o explotación económica. Si bien es cierto que a todos nos encanta ver cercanamente los animales salvajes, también es cierto que ese espectáculo coarta la libertad natural del animal.

El caso del oso Chucho ha sido muy controvertido, pues el abogado animalista Luis Domingo Gómez, fiel a su compromiso de defensa del derecho de los animales, logró bajo la figura de Habeas Corpus, que la Corte Suprema de Justicia emitiera un fallo para devolverlo a su hábitat natural de donde fue sacado, privándolo de su derecho natural de vivir en estado silvestre, procurar su propio alimento, reproducirse y disfrutar su existencia. Si este animalito pudiera hablar, le agradecería a ese sensible abogado el ocuparse de el, pero aun siendo ratificado el fallo de la CSJ por la Corte Constitucional, ante una leguleyada, volvió este mismo organismo a echar para atrás aquello con otra sentencia, condenando al animal a permanecer en cautiverio considerando que ahí se encuentra en mejores condiciones que en su naturaleza.

Es cierto, a este oso que difiere de un animal doméstico, le reprimieron sus condiciones naturales de supervivencia. Los animales salvajes, desde las primeras horas o días de nacidos, comienzan a valerse por sí mismos, no así los domésticos y menos el hombre dependiente.

Valdría la pena que los magistrados vieran la película “Mia y el león blanco”, una extraordinaria historia en Sudáfrica de una niña en una reserva, que adopta un cachorro de león blanco como mascota, pero entiende que ya adulto lo van a vender para un zoológico y de un mutuo amor entre el animal y la chica, esta decide devolverlo a su vida silvestre.

En la antigüedad Pitágoras, animalista comprometido, compraba en el mercado animales para regresarlos a su estado natural. Justiniano en el corpus iuris civiles dijo: “el derecho natural es aquello que es dado a todo aquel ser vivo y que no es propio al ser humano”. Nuestros magistrados deberían entender esto.

arangodiego@hotmail.com