Consulta previa, ¿sigue el cuello de botella? | El Nuevo Siglo
Foto cortesía Presidencia de la República
Lunes, 13 de Enero de 2020
Redacción Nacional
Aunque el Ministerio del Interior fortaleció esta dirección con más personal y recursos para agilizar los procesos, la regulación del mecanismo sigue en veremos

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A pesar que este y anteriores gobiernos han manifestado su intención de hacer ajustes al mecanismo de la consulta previa a las minorías étnicas, con el objeto de hacer más expedita la aprobación de proyectos de desarrollo, lo cierto es que hasta el momento no se ha dado la pelea en este sentido porque primero que todo deben consensuar la iniciativa con los pueblos indígenas. No obstante este año se presenta la novedad de que fue fortalecida en el Ministerio del Interior la dirección encargada de este tema con más personal así como autonomía administrativa y financiera, con el fin de hace agilizar aún más estos procesos.

El Gobierno por medio de los decretos 2354 y 2353 de 2019 modificó la estructura del Ministerio del Interior para atender los procesos de consulta previa. A partir del 1 de enero, la Dirección de Consulta Previa se transformó en la Autoridad Nacional de Consulta Previa.

Además de que la ahora Autoridad Nacional de Consulta Previa contará con independencia administrativa y financiera, también tendrá más personal para desarrollar su trabajo, pasando de 15 a 75 funcionarios.

La ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez, anunció el fortalecimiento de su cartera para la gestión de las consultas previas en el país y la atención de gran cantidad de solicitudes de consultas que se están recepcionando.

“Es un fortalecimiento de la dirección de Consulta Previa a efectos de tener personal más capacitado que pueda estar en el territorio conversando con las comunidades étnicas, llevando los proyectos y, sobre todo, siendo garantes de los derechos de las comunidades étnicas", explicó la Ministra.

Agregó que "en la medida en que tengamos una entidad que le pueda responder a las comunidades y al sector privado, pues se agilizarán los procesos, se harán más eficientes y habrá también un seguimiento a los compromisos que se adquieren con las comunidades”.

La consulta previa es un derecho colectivo fundamental y su objetivo es intentar mediante diálogo intercultural el consentimiento de las comunidades indígenas y tribales sobre proyectos, obras, actividades, medidas administrativas y legislativas que las afecten directamente, a cuyo efecto debe observar los principios de buena fe entre las partes, la participación activa de los pueblos interesados y la ausencia del derecho del veto.

Mandato constitucional

Otra razón que motivó al Ejecutivo para fortalecer la Autoridad Nacional de Consulta Previa es que la Corte Constitucional mediante la sentencia SU1 2018, determinó "exhortar al Gobierno nacional y al Congreso de la República para que, con base en los lineamientos expuestos en esta sentencia adopten las medidas pertinentes para regular lo relacionado con los certificados de presencia y afectación de comunidades étnicas, que hagan efectivo el derecho a la consulta previa, en los términos del Convenio 169 de OIT”.

Así mismo, agrega el documento, “se realicen los ajustes para que la institución encargada de otorgar los certificados de presencia y afectación de comunidades étnicas cuente con autonomía e independencia administrativa y financiera, necesarias para adecuadamente su función".

Precisamente por falta de hacer la consulta previa la Corte Constitucional el pasado frenó o condicionó nueve proyectos de desarrollo, al resolver 11 tutelas que presentaron comunidades étnicas para hacer valer este derecho.

En varios casos las autoridades han acreditado la ejecución de proyectos de desarrollo después de ser expedidos certificados sobre la no presencia y afectación de pueblos étnicos, sin embargo, posteriormente las comunidades vía tutela han demostrado que sí hacen presencia en esos territorios y han logrado frenar estas iniciativas.

Por ejemplo en octubre pasado la Corte Constitucional frenó la construcción de la vía Circunvalar de la Prosperidad, entre Barranquilla y Cartagena, para la cual la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) autorizó el proyecto en 2015 asegurando que en la zona no había comunidades étnicas.

Sin embargo la comunidad Mokaná, de Malambo (Atlántico), presentó una  tutela en la que señalaba que este carreteable afectaba sus cultivos y desplazamientos.

El alto Tribunal les dio la razón a los Mokaná que esta obra tenía impacto sobre su forma de vida y fue clara en su sentencia que aunque la carretera está avanzada, eso no impide que el Gobierno realice la consulta para “mitigar, reparar, compensar o indemnizar” los daños causados a esta comunidad.

 

Fallido proyecto

En septiembre pasado el Partido Cambio Radical presentó un proyecto estatutario de ley con el fin de poner reglas claras en materia de consulta previa. Sin embargo la iniciativa, como otras con similares intenciones, fue archivada.

En esa oportunidad el senador Germán Varón Cotrino indicó “hemos evidenciado que muchos proyectos se han visto frenados por no tener claras las reglas en materia de consulta previa, lo que ha afectado el desarrollo de proyectos importantes”. Mientras que el representante a la Cámara César Lorduy resaltó que “la consulta previa es un derecho de estas comunidades, pero se requiere con urgencia determinar cómo y cuándo hacer uso de este mecanismo, tiempos y costos, entre otros temas”.

 

Postura indígena

El consejero Mayor de la ONIC (organización Nacional Indígena de Colombia), Luis Fernando Arias, dijo a EL NUEVO SIGLO “nosotros sí le hemos solicitado al Gobierno que retire el proyecto que radicó Cambio Radical en el Congreso de la República y retomemos una ruta de acercamiento que habíamos acordado en el año 2015, y después de ocupada esa ruta de acercamiento definamos una ruta para consultar ese proceso en adelante”.