La Fiscalía informó que notificó a Carolina Sabino Rodríguez de la decisión mediante la cual la Fiscalía General de la Nación resolvió archivar la investigación adelantada en su contra por el delito de aborto, por atipicidad de la conducta.
A esta determinación se llegó luego de que el Fiscal del caso concluyera que no existen motivos o circunstancias que permitan establecer que la conducta debía ser objeto de reproche penal.
El archivo de la investigación obedece a que, de acuerdo con los desarrollos jurisprudenciales sobre la interrupción voluntaria del embarazo, en los casos en que este ponga en riesgo la salud de la mujer –entendida esta desde una perspectiva integral–, el Estado deberá asegurar sus derechos fundamentales a la vida, a la salud y a la integridad.
En ese sentido, en los casos que se enmarquen en las causales de despenalización definidas por la Corte Constitucional en la sentencia C-355 de 2006, los fiscales, dependiendo de las circunstancias de cada caso, pueden proceder a archivar o precluir la investigación por “atipicidad del hecho investigado”. En los casos en que los procesos se encuentren en etapa de acusación o más avanzados, el Fiscal puede solicitar la absolución perentoria.
Por otra parte, en los eventos en que la interrupción voluntaria de un embarazo no se enmarque dentro de las tres causales despenalizadas, los fiscales pueden verificar si existe algún supuesto que permita la aplicación del principio de oportunidad, en la modalidad de renuncia de la acción penal.