Apoyarán votaciones de cafeteros en el exterior | El Nuevo Siglo
Sábado, 2 de Agosto de 2014

Todos aquellos caficultores cedulados residentes en el exterior habilitados para votar en las próximas elecciones cafeteras podrán hacerlo mediante poder con apoyo de los consulados colombianos.

Cabe recordar que un total de 374.215 caficultores están habilitados para votar en las próximas Elecciones Cafeteras 2014, que tendrán lugar los días 6 y 7 de septiembre.

Según los estatutos de la Federación Nacional de Cafeteros, están habilitados para votar aquellos productores de café que tengan cédula cafetera y posean un cultivo de café con 1.500 árboles en un predio de al menos media hectárea.

Y aunque las elecciones 2014 serán presenciales, los caficultores residentes en el exterior podrán hacerlo mediante poder autenticado por el productor en persona para autorizar a un tercero para sufragar en su nombre.

Los productores autorizados deberán presentar el poder respectivo al Comité de Cafeteros correspondiente desde hoy y hasta el 12 de agosto.

Las elecciones cafeteras son la cita más importante que tienen los caficultores federados cada cuatro años para elegir libre, participativa y democráticamente a sus representantes gremiales a nivel municipal y departamental.

Procedimiento

Aquellos caficultores cedulados que se encuentren en el exterior, en condiciones de dificultad para acudir a las urnas en Colombia, y quienes así lo deseen, podrán otorgar un poder a una persona mayor de edad de su confianza, para que éste en su representación pueda depositar en su nombre los votos en las elecciones cafeteras de 2014.

Para estos efectos el caficultor federado habilitado para votar en el censo electoral deberá otorgar poder general o especial, en los siguientes términos: Poder general: Deberá ser otorgado mediante Escritura Pública ante Notario Público, y con certificado de vigencia de no más de 90 días.

Así como Poder especial: deberá ser otorgado por el caficultor cedulado habilitado para votar en el Censo Electoral para votar en las elecciones cafeteras 2014, para que actúe en su nombre y representación, con plena identificación del apoderado.

El poder deberá efectuarse mediante escrito dirigido a la Federación Nacional de Cafeteros, con presentación personal efectuada ante Notario, Inspector de Policía o Cónsul de Colombia en el exterior, según el caso, en donde debe quedar claro el número de cédula cafetera y el municipio al que pertenece.

El apoderado deberá previamente inscribirse ante el Comité Departamental o Municipal de Cafeteros en donde realizará la votación, y deberá presentar el poder original y entregar una copia junto con la copia de la cédula cafetera del poderdante.

El respectivo Comité de Cafeteros deberá diligenciar el formato que se destine para el efecto. Inmediatamente, el Comité que reciba la solicitud de inscripción deberá enviar el formato debidamente diligenciado y firmado a la Gerencia Delegada para las Elecciones.

Las inscripciones de los apoderados se llevarán a cabo entre hoy y el 12 de agosto de 2014. Los apoderados votarán por los candidatos inscritos en la circunscripción correspondiente al lugar de la expedición de la cédula cafetera del otorgante del poder.

Sólo se podrá recibir un poder para representar a un solo caficultor federado habilitado en el censo electoral.