Un año después de que el Consejo de Estado suspendiera de forma temporal su elección, ayer la Sección Quinta del alto Tribunal declaró la nulidad de la elección de Luis Gilberto Murillo Urrutia como gobernador del Chocó para el periodo 2012-2015.
La Sala Electoral encontró que el Gobernador demandado estaba incurso en causal de inhabilidad al haber sido condenado penalmente en el año 1997, a una pena principal de seis meses de prisión, interdicción de sus derechos y funciones públicas por el término de un año, así como al pago de una multa por el delito de peculado por aplicación oficial diferente, en hechos ocurridos cuando ocupó el cargo de Director de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó - Codechocó.
Según el Gobernador, la nulidad de su elección no era procedente en aplicación del principio de favorabilidad penal porque el legislador modificó los elementos del tipo penal de peculado por aplicación oficial diferente. En consecuencia, la inhabilidad debía desaparecer.
La Sala se pronunció sobre el particular, desestimando la argumentación presentada por la parte demandada, con fundamento, entre otros, en que el principio de favorabilidad penal no tenía aplicación en este caso porque la inhabilidad hace referencia al hecho de haber sido condenado penalmente en cualquier tiempo. Corresponde al juez penal y no al electoral determinar la modificación o eliminación de la condena, o del antecedente correspondiente, consideró el alto Tribunal.
Igualmente, porque la reforma constitucional que se introdujo en el referendo de 2003, se señaló como inhabilidad de carácter intemporal al haber sido condenado en cualquier tiempo por delitos que afecten el patrimonio del Estado, como sucedió en el caso de la referencia, en donde el juez penal en la sentencia condenatoria del año 1997 señaló que con la conducta que en su momento desplegó Murillo afectó dicho patrimonio.
Urrutia fue elegido gobernador del Chocó en los comicios de octubre de 2011 con 52.573 votos bajo la modalidad de una candidatura multipartidista de la cual hacían parte Cambio Radical, el Partido Conservador, la Alianza Social Independiente (ASI) y el Partido Verde.
A pesar de que la suspensión del cargo se presentó en julio del año anterior, cuando el Consejo de Estado tumbó una decisión del Tribunal Administrativo del Chocó, que aceptó la demanda contra la elección del Mandatario pero negó la solicitud de suspensión temporal de su cargo como lo pidió el demandante, Murillo se mantuvo despachando hasta mediados de octubre del año anterior hasta que fueron resueltos varios recursos, luego de lo cual el Alto Tribunal emitió el fallo de suspensión del cargo.
A principio de noviembre el Gobierno nacional designó como gobernador encargado al funcionario Óscar Gamboa, mientras que los partidos que avalaron a Urrutia presentaban una terna con un grupo de ciudadanos pertenecientes a esa coalición. Luego de que esta se hiciera efectiva, fue designado Hugo Arley Tobar Otero, quien se mantendrá en el cargo hasta que sea elegido un nuevo gobernador del departamento del Chocó, en un término de unos 60 días.
Con Urrutia ya son cinco los gobernadores del actual periodo fuera del cargo, pues ya habían sido cobijados con esta decisión el año anterior Héctor Fabio Useche en el Valle por una decisión de la Contraloría General por detrimento patrimonial; en tanto que este año, Cielo González en el Huila tras ajustar tres sanciones disciplinarias en su contra; Nelson Mariño en Casanare por irregularidades en contratación; y Guido Echeverry en Caldas porque estaba inhabilitado para aspirar al cargo.
Gobernador de Guajira, en mira de Procuraduría
Observaciones y recomendaciones con el objeto que se adopten buenas prácticas en la gestión contractual del ente territorial, le formuló la Procuraduría a la Gobernación de La Guajira.
Según el informe presentado por la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, el actual gobernador Juan Francisco Gómez “pudo haber incurrido en faltas al Régimen de Contratación Estatal”, por lo que el Ministerio Público da la posibilidad para que la dependencia disciplinaria competente, si lo considera pertinente, inicie las investigaciones disciplinarias de rigor, por presunta inobservancia a las normas y principios de la contratación pública como la selección objetiva, igualdad y transparencia.