El decreto firmado por la Presidencia indica que los acogidos a la Justicia y Paz podrían recibir beneficios de JEP
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Fue expedido el Decreto presidencial que se precisa que los desmovilizados que se acogieron a la ley de Justicia y Paz y que recobren su libertad por la concesión de algunos beneficios de la ley de amnistía e indulto, podrán ingresar al proceso de reintegración de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización.
Sin embargo, el decreto señala que ese ingreso solo podrá realizarse siempre y cuando hayan suscrito el acta formal de compromiso ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la cual ya han venido firmando integrantes de las Farc y de la Fuerza Pública.
Según dicho decreto, una vez la persona esté en el proceso de reintegración deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos y actividades que disponga la JEP, incluidas la verdad y reparación para no perder los beneficios.
La norma señala que la Agencia para la Reincorporación y la Normalización ajustará los procedimientos que permitan el acceso a los beneficios del proceso de reintegración.
“Que en concordancia con lo anterior, es necesario garantizar que los desmovilizados postulados a la Ley de Justicia y Paz que obtengan la libertad en el marco de las medidas establecidas en la Ley 1820 del 30 de diciembre de 2016, puedan acceder al proceso de reintegración que ha diseñado el Gobierno Nacional, con el objeto de permitir su reintegración a la vida social y económica, contribuyendo a la efectiva materialización de las garantías de no repetición con el objetivo de lograr la paz estable y duradera en el Estado colombiano”, indica.
La puerta había quedado abierta en la Ley 975 de 2005 en el artículo 63, cuando se advirtió que las personas investigadas y procesadas en este régimen transicional, podrían aplicar a futuro cualquier otro régimen normativo que resultara favorable, en este caso, la Jurisdicción Especial para la Paz.
Este es el decreto completo firmado por la Presidencia: