La Procuraduría citó a audiencia pública a Hipólito Moreno, en su calidad de concejal de Bogotá, en aquella época del Partido Social de Unidad Nacional (La U), por las presuntas irregularidades presentadas en el trámite de la licitación pública No. 006 de 2009, la cual habría sido direccionada en provecho propio y de terceros, adjudicándola finalmente a la Unión Temporal Transporte Ambulatorio Bogotá.
La diligencia de carácter verbal se realizará el próximo 31 de julio a partir de las 10:00 de la mañana en la Sala de Audiencias de la sede de la Procuraduría, en Bogotá.
Al parecer, el exconcejal influyó ante el entonces secretario distrital de Salud de Bogotá, Héctor Zambrano, con el fin de direccionar la Licitación Pública 006 de 2009, lo que le generaría un beneficio del 9 por ciento del contrato que se adjudicaría finalmente a la Unión Temporal Transporte Ambulatorio Bogotá, por valor de 67.203.690.774 pesos, como efectivamente sucedió.
Con el fin de direccionar la citada licitación pública se habrían estructurado los estudios previos, se habría modificado el pliego de condiciones y evaluado a los proponentes de forma tal que pudiera lograr la adjudicación de la misma en favor de la empresa Unión Temporal señalada.
La Procuraduría concluyó que es pertinente adelantar el procedimiento verbal teniendo en cuenta que Moreno, en diligencia de imputación de cargos realizada por la Fiscalía Tercera Delegada ante la Corte Suprema de Justicia en el Juzgado 67 Penal Municipal con Función de Control de Garantías, aceptó y se allanó a los cargos que se le formularon de manera voluntaria, libre y espontánea, aceptación que se constituye en una típica figura de confesión y que por tanto, de acuerdo con la ley disciplinaria, permite citar a audiencia pública.
En desarrollo de la audiencia, el investigado puede actuar personalmente y/o a través de apoderado, podrá exponer las explicaciones que consideren necesarias en el marco de este proceso disciplinario y se ordenará la práctica de pruebas que se consideren conducentes y pertinentes.
La conducta endilgada a Moreno fue calificada provisionalmente como falta gravísima cometida a título de dolo.