Agenda legislativa que pasó inadvertida | El Nuevo Siglo
Sábado, 13 de Diciembre de 2014

Contrarreforma regalías

A pesar de que ha avanzado con vigor el proyecto de acto legislativo 173/14 Cámara, 14/14 Senado por medio del cual se ajusta el Sistema General de Regalías, la iniciativa se hundirá por no alcanzar a cumplir la primera vuelta antes de este 16 de diciembre.

Algunos califican este proyecto como la contrarreforma a la iniciativa que sacó adelante la administración Santos en 2012, y que reformó este Sistema haciendo, básicamente, que todas las regiones del país se beneficien de estos recursos.

La iniciativa de la bancada del Partido de La U en Senado busca mejorar el desempeño de los recursos destinados a investigación, poniendo en cabeza de Colciencias la aprobación y ejecución de estos recursos. Segundo, devolver la autonomía a las entidades territoriales productoras para el manejo de las regalías directas, aboliendo el OCAD como órgano rector para la disposición de sus recursos. Tercero, incrementar los recursos de los fondos de Compensación Regional y Desarrollo Regional, así como de las asignaciones directas, disminuyendo el porcentaje de ahorro en el Fondo de Ahorro y Estabilización, de forma tal que el porcentaje que se dejará de ahorrar se transfiera a los dos fondos regionales y a las entidades territoriales productoras.

La iniciativa ya superó los dos primeros debates en el Senado y espera el tercero en la Comisión Primera de Cámara, pero como se dijo, no dan los tiempos para su aprobación.

Donación de órganos

A partir de marzo próximo la Comisión Primera de Cámara le dará tercer debate al proyecto de ley No. 154/14 Cámara,  56/13 Senado, por medio de la cual se ordena a la Registraduría Nacional y al Ministerio de Transporte realizar la inscripción como donante de órganos, a la persona que así lo acepte al momento de expedición de la cédula de ciudadanía y licencia de conducción.

En este sentido la iniciativa del senador conservador Efraín Cepeda indica que lSinopsis

A partir de la vigencia de la presente ley, la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Ministerio de Transporte, dentro del trámite de expedición de la cédula de ciudadanía o pase de conducción en cualquiera de sus modalidades, deberá incluir dentro del formulario de la solicitud correspondiente una opción para que las personas manifiesten de manera expresa su deseo de ser o no donantes de órganos, con el fin de que estos sean utilizados después de su fallecimiento, para trasplante o
implante en otra persona, con objetivos terapéuticos.

a licencia de conducción deberá indicar además de la información establecida en el Código Nacional de Tránsito, si la persona es donante de órganos. En caso de no querer ser donante en ese momento, este ítem no aparecerá en el documento.

Propiedad inmueble

Avanza a buen paso el proyecto de ley que busca armonizar la Ley 1561 de 2012 que establece un proceso verbal especial para otorgar títulos de propiedad al poseedor material de bienes inmuebles urbanos y rurales de pequeña entidad económica, sanear la falsa tradición y la Ley 1564 de 2012 que expide el Código General del Proceso en beneficio de los propietarios y poseedores de bienes inmuebles urbanos y rurales de pequeña entidad económica.

La iniciativa del senador conservador Eduardo Enríquez Maya ya superó sus dos primeros debates en el Senado y desde marzo quedará a disposición de la Comisión Primera de la Cámara.

En Colombia hay un gran problema en materia de propiedad de inmuebles por deficiencias de la titulación o la carencia de ésta. La Ley 1561 de 2012 que empezó a regir el 12 de enero de 2013 busca poner remedio, sin embargo, el proyecto del senador Enríquez busca hacerla más ágil y más útil en los requisitos de la demanda, sus anexos, calificación de la demanda, auto admisorio de la demanda, inspección judicial a los inmuebles y efecto general e inmediato.

 

Doble instancia en Corte Suprema

También avanza el proyecto que presentó el fiscal General, Eduardo Montealegre, para reformar la estructura y el funcionamiento de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en relación de perfeccionar la doble instancia para aforados.

El objetivo del proyecto de ley estatutaria es introducir cambios precisos en el texto de la Ley Estatutaria de Administración de Justicia (LEAJ), respetando los límites materiales y el margen de configuración del legislador estatutario, dividiendo las funciones de investigación y juzgamiento para funcionarios aforados determinados en el Artículo 235 numerales 3 y 4. Se faculta a la Sala de Casación Penal para seleccionar algunos asuntos y proferir sentencias interpretativas, con el fin de unificar de forma abstracta y general la jurisprudencia, modelar las sentencias y establecer los efectos de sus fallos. Propende por la incorporación de los principios del sistema acusatorio en todos los ámbitos en los cuales se realicen investigaciones y juzgamientos penales.

El objetivo del proyecto de ley estatutaria es introducir cambios en el texto de la Ley Estatutaria de Administración de Justicia (LEAJ), dividiendo las funciones de investigación y juzgamiento para funcionarios aforados determinados en el artículo 235 numerales 3 y 4.

Actualmente la Corte Suprema de Justicia se conforma de cinco  salas y de 23 magistrados, siendo la Sala de Casación Penal integrada por nueve  magistrados. Desde la modificación del Reglamento Interno de la Corte (Acuerdo 01 de 2009), organiza las investigaciones que se adelantan en única instancia se repartirán a los tres  magistrados que se encuentren de turno, y la función de juzgamiento corresponderá a los seis  magistrados restantes, quedando los magistrados instructores impedidos para fallar.

El proyecto en cuestión propone una nueva estructura orgánica de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia compuesta por dos salas de juzgamiento; una  sala de casación penal.

El proyecto de ley fue aprobado en sus dos primeros debates en la Comisión Primera de Cámara y la plenaria de esta Corporación, y ahora pasa a la Comisión Primera del Senado para su tercer debate, a partir  de marzo.

 

Sanciones en transporte

Superó en Cámara sus dos primeros debates el proyecto de ley 101/14 Cámara, por  medio del cual se establece el régimen sancionatorio del transporte y sus servicios conexos.

La iniciativa de la bancada en Cámara del Partido Conservador tiene por objeto establecer el régimen sancionatorio del transporte y sus servicios conexos, determinando las autoridades competentes para ejercer la potestad sancionatoria, los sujetos, las infracciones objetivas y subjetivas, las sanciones, medidas correctivas y preventivas, así como los procedimientos que han de seguirse ante la comisión de una infracción para imponer las sanciones respectivas.

A partir de marzo próximo la Comisión Sexta del Senado debe dar el tercer debate a esta iniciativa.

 

Bicicletas escolares

Superó su primer debate en la Comisión Sexta de la Cámara el proyecto No. 047/14 que tiene por objeto crear el programa de Bicicletas Escolares para garantizar el acceso a la educación en zonas rurales del país, fomentando el uso seguro de la bicicleta como medio de transporte escolar y evitar la deserción escolar.

De acuerdo con el Ministerio de Educación Nacional, gran parte de los problemas que aquejan al sector rural colombiano tienen que ver con la baja cobertura, calidad y pertinencia de la educación, que no responde a las necesidades sociales ni se ajusta a la demanda de la población. Persisten altas tasas de deserción y repitencia, así como un número amplio de menores que nunca han sido atendidos por el sistema educativo.

Para remediar esta situación el Gobierno nacional y las administraciones territoriales han diseñado varias estrategias para mejorar los indicadores relacionados con el acceso a la educación y permanencia en los ciclos escolares.

En este sentido el proyecto en cuestión  propone la implementación de otro tipo de estrategia que se encuentra orientada a disminuir las tasas de deserción escolar y trabajo infantil como lo es el sistema de Bicicletas Escolares.

La iniciativa presentada por la bancada del Movimiento MIRA señala que la financiación de este programa estaría a cargo del Gobierno nacional y los entes territoriales.

El proyecto será analizado en segundo debate por la plenaria de la Cámara a partir de marzo próximo.

 

Uso medicinal de marihuana

La plenaria del Senado votaría en la próxima semana el proyecto que autoriza el uso de la marihuana con fines terapéuticos. La Comisión Primera de esta Corporación ya le dio aval en primer debate.

La iniciativa del senador liberal Juan Manuel Galán autoriza al Gobierno nacional el cultivo, cosecha y uso del cannabis, con fines de investigación científica o para la elaboración de productos terapéuticos o medicinales.

En ese sentido, el Ejecutivo, a través de los ministerios de Salud y Protección Social y de Justicia y del Derecho deberá promover la investigación relacionada con el cannabis para regular su uso terapéutico y medicinal. Así mismo tendrán la facultad de analizar y aprobar proyectos de investigación con este mismo propósito.

 

Cabildeo

En marzo próximo la plenaria del  Senado debe estudiar en segundo debate el proyecto de ley que regula el lobby o cabildeo en Colombia, iniciativa del senador y también director del Partido Cambio Radical, Carlos Fernando Galán.

La iniciativa, entre otras, crea el registro único público de cabilderos, con el fin de asegurar el acceso en igualdad de condiciones de los ciudadanos, la integridad, la transparencia y la imparcialidad en la preparación, elaboración, tramitación, aprobación, modificación, rechazo o derogación de leyes y actos legislativos, y en la preparación, elaboración, modificación o derogación de actos administrativos de carácter general.

 

Fronteras

También avanza de forma satisfactoria en su trámite legislativo el proyecto de ley No. 218/14 Cámara, 124/13 Senado por medio del cual se establece un régimen especial para los municipios, departamentos y regiones de frontera de Colombia.

El objeto de la presente ley es fomentar el desarrollo integral y diferenciado de las regiones, los departamentos y municipios fronterizos colombianos, propiciando desde el Estado, tanto el aprovechamiento de sus potencialidades endógenas como el fortalecimiento de sus organizaciones e instituciones públicas, privadas y comunitarias, y la integración con los países vecinos. Con la aplicación de esta ley, se pretende el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de frontera, la reducción de las brechas socioeconómicas existentes entre ellos y el resto de nacionales, su integración con el país y con los países vecinos, y el ejercicio efectivo de una soberanía social en los territorios fronterizos del país.

El objeto de la presente ley es fomentar el desarrollo integral y diferenciado de las regiones, los departamentos y municipios fronterizos colombianos, propiciando desde el Estado, tanto el aprovechamiento de sus potencialidades endógenas como el fortalecimiento de sus organizaciones e instituciones públicas, privadas y comunitarias, y la integración con los países vecinos. Con la aplicación de esta ley, se pretende el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de frontera, la reducción de las brechas socioeconómicas existentes entre ellos y el resto de nacionales, su integración con el país y con los países vecinos, y el ejercicio efectivo de una soberanía social en los territorios fronterizos del país.

El objeto de la iniciativa es fomentar el desarrollo integral y diferenciado de las regiones, los departamentos y municipios fronterizos, propiciando desde el Estado, tanto el aprovechamiento de sus potencialidades endógenas como el fortalecimiento de sus organizaciones e instituciones públicas, privadas y comunitarias, y la integración con los países vecinos.

La iniciativa será estudiada en tercer debate por la Comisión Segunda de la Cámara a partir de marzo venidero.