Lunes, 12 de Diciembre de 2011
Están exentos del pago de cuatro impuestos los ciudadanos damnificados a causa de catástrofes naturales en Bogotá.
Estos impuesto son el predial unificado, industria y comercio (ICA), vehículos automotores y delineación urbana, por un valor igual al monto del daño sufrido por sus bienes, así lo explicó el secretario de Hacienda, Héctor Zambrano Rodríguez.
Para acceder a este beneficio, los contribuyentes damnificados deberán presentar el certificado expedido por la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias (DPAE) y cuantificar el monto de los daños sufridos a través de un avalúo realizado por las Lonjas de Propiedad Raíz.
Este valor debe ser cancelado por el contribuyente y se incluirá dentro del valor total de los daños para su aplicación como exención en el correspondiente impuesto.
En el caso de la exención de los impuestos predial unificado, sobre vehículos automotores e ICA se aplicará por un lapso de hasta cinco años. Para el impuesto sobre vehículos, cuando exista pérdida total y una vez se cancele la matrícula, la exención podrá aplicarse al carro que lo sustituya o a otro que el contribuyente posea.
Por otra parte, en el impuesto de delineación urbana estarán exentos de pagarlo los propietarios y poseedores de predios construidos, para efectos de su reconstrucción o readecuación por una sola vez dentro de los tres años siguientes a la expedición de la certificación.
Los contribuyentes deberán presentar sus declaraciones sin pago sin que se requiera de autorización previa para ello. Para más información sobre estas exenciones, la ciudadanía podrá comunicarse a la Línea 195.