En el orden para el día de mañana de la Comisión Primera del Senado, figura el proyecto de ley número 18 de 2012 por medio del cual se modifica la Ley 599 de 2000 (Código Penal) para eliminar la prescripción de la acción penal contra las conductas punibles de genocidio, crímenes de lesa humanidad u otros.
En ese sentido la iniciativa de autoría de la senadora Alexandra Moreno (MIRA) busca adecuar la normatividad interna al Estatuto de Roma, al cual Colombia adhirió. En el artículo primero de la iniciativa se modifica el artículo 83 del Código Penal, relativo a la prescripción de la acción penal. Se le otorga el carácter de imprescriptible a la acción penal contra genocidio, crímenes de lesa humanidad u otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física de personas protegidas, según lo preceptuado por los artículos 6º, 7º y 8º del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
El Estado colombiano, mediante la Ley 742 de 2002, aprobó el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, realizado en Roma el día 17 de julio de 1998. Sobre el particular el artículo 5º de dicho Estatuto determina expresamente los delitos sobre los cuales podrá conocer la Corte Penal Internacional, de la siguiente manera: La competencia de la Corte se limitará a los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto. La Corte tendrá competencia, de conformidad con el presente Estatuto, respecto del crimen de genocidio; los crímenes de lesa humanidad; los crímenes de guerra; y el crimen de agresión.
Sobre el particular la parte motiva de dicho proyecto señala que al Colombia haber suscrito y ratificado el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, se encuentra obligada a cumplir y ceñirse a lo en él dispuesto, de forma tal que deberá implementar todas las medidas necesarias a fin de compaginar su ordenamiento jurídico interno con lo estipulado en el Tratado.