Un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia presentó escrito de acusación en contra de varios funcionarios de la Dirección Nacional de Estupefacientes (DNE) y de los hermanos Miguel y Manuel Nule Velilla por la inversión en 2006 de 25 mil millones de pesos de esa entidad en el consorcio Bogotá-Fusa.
Además de los hermanos Nule Velilla, la Fiscalía acusó a: Gonzalo Martín Gutiérrez Díaz Granados, Clara Eugenia Garrido de Devaldenebro, Pablo Manuel Bula Narváez, Martha Hernández Pulido y José Camilo Guzmán Santos.
Los hechos se remontan al 2005, cuando el entonces director de la DNE, Juan Carlos Vives Menotti, por medio de una resolución del primero de junio de ese año delegó en su secretario general la facultad de invertir y/o realizar negocios jurídicos con los recursos de la entidad. Delegó igualmente la competencia para celebrar contratos, conocer sobre la ejecución y la suscripción del acta de liquidación de los mismos.
En ejercicio de dicha delegación Clara Eugenia Garrido, en su condición de secretaria general (e) de la DNE, al parecer suscribió sin los requisitos de ley una invitación a varias fiduciarias para que manejara los recursos asignados por la DNE, correspondientes a los acervos del fondo para la rehabilitación, inversión social y lucha contra el crimen organizado FRISCO, en cuantía de $30.000.000.000.
De acuerdo con el proceso, el 17 de agosto de 2006 el Comité Asesor de Inversiones de la DNE recomendó la inversión de dichos recursos a través de encargo fiduciario de administración, inversión y pagos con la sociedad Fiduagraria.
El 5 de septiembre de 2006, en cumplimiento del contrato adquirido con Fiduagraria, la DNE recomendó invertir esos dineros ($25.980.800.000) en el patrimonio autónomo del “Consorcio Bogotá – Fusa”, por un término de hasta 3 años. Del total de ese dinero, el 23 de octubre de 2006 Fiduagraria, en cumplimiento de la recomendación, giró al consorcio la suma de $25.512.600.000, a dicho consorcio.
De acuerdo con el escrito de acusación del fiscal del caso, los procesados tendrán que responder según su responsabilidad como coautores, cómplices, determinadores, y coautores impropios de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación, y falsedad ideológica de documento público.