La participación del Ministerio de Minas y Energía en el proceso para fijar los precios de los combustibles quedaría limitada y se daría un paso adelante para la reducción de dichas tarifas, si prospera la demanda del abogado Camilo Araque.
De momento, la Corte Constitucional aceptó la demanda del jurista quien refutó lo expuesto en el artículo 101 de la Ley 450 de 2011.
“El hecho de que el artículo 101 de la Ley 1450 de 2011 permita la fijación unilateral del precio de los combustibles, en cabeza del Ministerio de Minas y Energía a su antojo, configura un incontrovertible desconocimiento a la Constitución”, indicó el abogado.
Parte de los argumentos expuestos en el documento admitido por la Corte es que los hidrocarburos “son los bienes que quizá tienen más cargas fiscales en el país, igualmente los consumidores y usuarios nunca han podido verse protegidos constitucionalmente por las condiciones favorables del mercado”.
A renglón seguido, Araque argumentó que dichos combustibles son bienes que cuentan con una carga fiscal dentro del sistema tributario del país, “cercano a un 36%, y hay que tener presente que los consumidores y usuarios protegidos constitucionalmente en el artículo 78, nunca han podido verse beneficiados”.
En la demanda, de la que el magistrado ponente es Alexei Julio Estrada, se expone que si se cae la norma ningún funcionario del Estado tendría competencias para fijar los precios de los combustibles, como lo explicó el abogado Araque.
Así las cosas, “tendría que ser la ley natural de la oferta y la demanda la que establezca los precios de la gasolina con referencia a los precios internacionales, tal como lo prometió el entonces presidente Andrés Pastrana”.
Para Araque, solo resta esperar el pronunciamiento de la Procuraduría para analizar si la demanda llega a una segunda instancia, por ello, calcula que de ser favorable el fallo, “en el futuro la gasolina pueda reducirse hasta en 2 mil pesos por galón”.