Abecé del Plan de Desarrollo en educación | El Nuevo Siglo
Martes, 9 de Junio de 2015

 

El Presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionó hoy la Ley por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014 - 2018 'Todos por un Nuevo País', el cual, dentro de uno de sus componentes más importantes, contempla acciones contundentes en materia educativa y reafirma el compromiso del Gobierno por hacer de Colombia el país más educado de América Latina en 2025.

En el acto de la firma que da vía libre al Plan de Desarrollo, la Ministra de Educación, Gina Parody, resaltó la importancia de este paso que da el país el día de hoy a la vez que aprovechó para manifestar que en cuanto al tema educativo, este Plan se enfocará hacia temas como jornada única escolar, educación media para todos, mayor cobertura en educación superior, mejoramiento de la calidad, impulso a la educación terciaria y subsidio a créditos del ICETEX focalizado para población SISBÉN.

De esta manera, conozca cuáles son las principales acciones en materia educativa del 'Plan Nacional de Desarrollo 2014 - 2018: Todos por un Nuevo País'.

EDUCACIÓN INICIAL, PRIMARIA Y BACHILLERATO

JORNADA ÚNICA ESCOLAR: permite asegurar que niños de preescolar, básica y media tengan más y mejores horas de estudio. La Jornada Única permitirá extender tiempo que los niños permanecen en el colegio manteniéndolos alejados de riesgos como el pandillismo, el embarazo adolescente y la drogadicción.  Quedó consagrada en el Plan que las alcaldías y gobernaciones la implementen de forma gradual hasta el 2025 en áreas urbanas y 2030 en zonas rurales. Actualmente 133 mil niños se benefician con el programa, la meta a 2018 es que 2.4 millones de estudiantes, es decir el 30% de la matrícula oficial de todo el país, esté bajo ese modelo.

 

FONDO DE FINANCIAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA: con la creación del Fondo de Financiamiento  de la Infraestructura, Colombia planea modernizar la infraestructura educativa que tiene más de 40 años de atraso, con la inversión $5 billones de pesos en los próximos cuatro años, con los que logrará construir cerca de 31 mil nuevas aulas. Los niños y las niñas tendrán espacios adecuados y seguros que garanticen la efectividad de su aprendizaje.

 

EDUCACIÓN INICIAL: la educación inicial es un derecho de los niños y las niñas menores de cinco (5) años de edad, es por esto que el Plan de Desarrollo contempla que el Gobierno Nacional reglamentará su implementación como servicio educativo obligatorio en el marco de la Atención Integral.

 

EDUCACIÓN MEDIA PARA TODOS: actualmente la cobertura en educación media del país es del 77.31%, en las áreas rurales y en las regiones Caribe y Pacífico esa cifra se reduce considerablemente evidenciando que cientos de familias colombianas consideran que sus hijos deben estudiar únicamente hasta noveno grado. Por eso, para asegurar que todos los jóvenes del país estudien hasta grado 11, se estableció en el articulado del Plan de Desarrollo que la educación media también es obligatoria; para lo cual se diseñarán planes de implementación gradual con las entidades territoriales certificadas.

 

PROGRAMA DE ESTÍMULO A LA CALIDAD EDUCATIVA: el Programa de Estímulos a la Calidad Educativa e implementación de la Jornada Única establece la incorporación de los pactos por la excelencia educativa suscritos cada año durante el Día de la Excelencia educativa. De esta forma, rectores, docentes y directivos docentes de los colegios en Jornada Única, que alcancen sus metas de mejoramiento de la calidad, recibirán incentivos económicos equivalentes a un salario mensual al año.

 

TITULACIÓN DE LA POSESIÓN MATERIAL Y SANEAMIENTO DE TÍTULOS CON FALSA TRADICIÓN SOBRE INMUEBLES PARA LA EDUCACIÓN Y LA PRIMERA INFANCIA. Las entidades territoriales, el ICBF y las Instituciones de Educación Superior públicas podrán solicitar al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (INCODER), o a la entidad que haga sus veces, la adjudicación de los inmuebles baldíos donde funcionan establecimientos educativos públicos u oficiales al momento de expedición de la presente Ley.

EDUCACIÓN SUPERIOR

IMPULSO A LA EDUCACIÓN TERCIARIA: se creará el sistema Nacional de Educación Terciaria el cual permite que técnicos y tecnólogos puedan acceder a posgrados como especializaciones y maestrías.

 

MARCO NACIONAL DE CUALIFICACIONES: será un instrumento para  clasificar y estructurar los conocimientos, las destrezas y las actitudes, que permitirá la interlocución entre las competencias requeridas por los empleadores y las desarrolladas en el proceso de formación.

 

MAYOR COBERTURA EN EDUCACIÓN SUPERIOR: se fomentará el acceso a la educación superior de los estudiantes con condiciones socioeconómicas menos favorables (SISBEN) y con buen desempeño académico a través del otorgamiento de becas ICETEX y del programa "Ser Pilo Paga".

 

En los próximos cuatro años, se pasará de otorgar 65 mil créditos, a 140 mil gracias a los nuevos criterios de selección que permitirán que los recursos ICETEX lleguen a quiénes realmente lo necesitan, colombianos registrados en el SISBÉN. 

 

Con esta propuesta el ICETEX busca afianzar los principios de inclusión y equidad, beneficiando a la población con mayores barreras de acceso a la educación superior por cuenta de la falta de recursos económicos.

 

ACCESO A EDUCACIÓN SUPERIOR DE CALIDAD: de las 288 Instituciones de Educación Superior, 37 (12.8%) cuentan con acreditación de alta calidad. Se crea el  Sistema Nacional de Calidad de la Educación Terciaria (SISNACET), con el que se busca optimizar las funciones de evaluación, inspección, vigilancia y control destinadas a velar por la adecuada prestación del servicio de educación terciaria.

 

El ajuste tendrá en cuenta el fortalecimiento del aseguramiento de calidad de la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano, la estandarización de los criterios de acreditación por parte del Consejo Nacional de Acreditación y de condiciones básicas para la expedición de los registros calificados por la Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.