La proporción de ocupados informales en las 13 áreas metropolitanas fue de 48,4 por ciento para el trimestre móvil septiembre - noviembre de 2013.
Así se explica en el resumen ejecutivo sobre la Medición del Empleo Informal y Seguridad Social publicado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), en el que también se detalla que según rama de actividad, el 42,2 por ciento de la población ocupada informal en las 13 áreas metropolitanas se concentró en comercio, hoteles y restaurantes.
Según posición ocupacional, “trabajador por cuenta propia acumuló 59,3 por ciento de la población ocupada informal”.
Además, informó el DANE, el 51,9 por ciento de la población ocupada informal tenía nivel educativo secundario, y el principal lugar de trabajo de la población ocupada informal en el total de las trece áreas fue local fijo (32,3 por ciento).
En lo que respecta a seguridad social, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística divulgó que para el trimestre móvil septiembre-noviembre de 2013, el 91,2 por ciento de los ocupados en las 13 áreas estaba afiliado a seguridad social en salud.
Del total de ocupados, “el 65,5 por ciento estaba afiliado al régimen contributivo, 22,5 por ciento al régimen subsidiado y 3,1 por ciento al régimen especial”.
Entre otras cosas, los cotizantes a pensiones representaron 45,9 por ciento de los ocupados en las 13 áreas metropolitanas. Es de resaltar que la definición adoptada por el DANE para la medición del empleo informal, “se remite a la resolución 15ª CIET de la OIT de 1993 y a las recomendaciones del grupo de Delhi”.
Es así que tales cifras indican que la aproximación a la medición de informalidad en materia de escala de personal ocupado en las empresas, “debe ser de hasta cinco trabajadores excluyendo los independientes que se dedican a su oficio y a los empleados del gobierno”.
Por otra parte, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística reiteró que “se considera que la seguridad social constituye también una aproximación importante al grado de formalidad del empleo”.