279.253 habilitados para votar en Bello | El Nuevo Siglo
Miércoles, 7 de Diciembre de 2011

Un total de 279.253 ciudadanos conforman el censo electoral habilitado para participar en los comicios que se realizarán el 18 de diciembre de 2011, fecha en la que se elegirá al nuevo alcalde de Bello, Antioquia.

Para estos comicios la Registraduría instalará 755 mesas en 30 puestos de votación. Un puesto se ubicó en la Cárcel Nacional de Bellavista, uno en el área rural y se instalaron dos puestos censo en la cabecera municipal, que son la Institución Educativa Andrés Bello y la Escuela de Música de Bello.


De las 279.253 personas habilitadas para votar, 152.680 son mujeres y 126.573 hombres.
Para estos comicios, la Registraduría instalará 270 estaciones biométricas que se ubicarán en los 30 puestos de votación, de tal manera que se podrá realizar la verificación biométrica del 100 por ciento del censo electoral del municipio, con el fin de garantizar agilidad y transparencia en la jornada electoral.


4.530 ciudadanos fueron seleccionados para prestar el servicio como jurados de votación. La Registraduría mediante la Resolución número 027 del 2 de diciembre, designó a los mismos jurados de votación que prestaron el servicio durante las elecciones del 30 de octubre, para que vuelva a prestar el servicio el 18 de diciembre, ya que se trata de la repetición de la elección para elegir el Alcalde de Bello.


En esta elección, los ciudadanos deben ejercer su derecho al voto en el mismo puesto y mesa de votación donde se acercaron a votar en las elecciones del 30 de octubre.
La elección de Alcalde de Bello obedece a que el domingo 30 de octubre en las elecciones de autoridades locales, el voto en blanco obtuvo la mayoría de los votos válidos depositados por los ciudadanos en el certamen electoral.


De acuerdo con el artículo 258 de la Constitución Política: “Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una corporación pública, gobernador, alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, cuando los votos en blanco constituyan mayoría absoluta en relación con los votos válidos”.