Por causarle la muerte a una persona protegida, la Procuraduría General destituyó e inhabilitó por 20 años al cabo tercero Fabián Hernández Rodríguez y a los soldados profesionales Edeyvis Miranda Barba y Juvenal López Rodríguez, adscritos para el año 2004 al Segundo Pelotón de la compañía Buitre.
Los hechos ocurrieron el 1 de julio de 2004 sobre las 6:30 de la mañana, cuando la víctima se trasladaba del lugar donde pernoctaba a la finca en la que trabajaba. Al parecer, cuando el ciudadano se desplazaba tuvo un encuentro con algunos integrantes del Ejército Nacional quienes dispararon sus armas de dotación y tras su muerte fue presentado como subversivo dado de baja en combate armado.
En desarrollo del proceso disciplinario se estableció que si bien la víctima portaba una escopeta, esta arma no fue utilizada por el ciudadano contra los miembros del Ejército. En consecuencia, no hubo ninguna agresión contra los militares que los obligara a reaccionar para salvar su vida como lo señalaron.
Contra esta determinación de primera instancia procede el recurso de apelación que será resuelto por la Sala Disciplinaria.