Por solicitud de la Fiscalía fueron sentenciados a 20 años de prisión 7 integrantes del denominado grupo armado ilegal Erpac (Ejército Revolucionario Popular Antisubversivo de Colombia), por hechos ocurridos el 25 de diciembre de 2010 en área rural de Mapiripán (Meta).
La Fiscalía determinó que el 25 de diciembre de 2010, en desarrollo de la operación Diamante, adelantada por la Policía Nacional donde fue ultimado Pedro Oliverio Guerrero, alias Cuchillo, cabecilla del citado grupo criminal; dos uniformados fueron heridos, como resultado del enfrentamiento que se presentó al arribo helicoportado policial.
Los sentenciados son Harold Humberto Rojas Piñeros, de 49 años de edad; José Antonio Mosquera Acosta, de 36 años; Leodan Hernández Elfin, de 39 años; Alejandro Jaramillo Fernández, de 40 años; John Jairo Sánchez Ramírez de 30 años; Mauricio Bernal Carmona de 30 años y Andrés Gerardo Pérez de 25 años de edad.
Con base en lo expuesto por la Fiscalía, el Juzgado 1° Penal del Circuito Especializado de Villavicencio (Meta) declaró penalmente responsables a los procesados, como coautores del delito de homicidio agravado en la modalidad de tentativa.
Dentro del fallo, el juzgado los absolvió del delito de homicidio agravado, de los uniformados Edwar César Numpaque García, quien se desempañaba como artillero del helicóptero oficial y de Javier Londoño Castro, hallado muerto en una zona boscosa del sector.
Por otra parte, en la providencia se dispuso compulsar copias del proceso a la Justicia Penal Militar y Procuraduría General de la Nación para investigue disciplinaria y penalmente a los policías que participaron en dicha operación.
Lo anterior, teniendo en cuenta la solicitud y apelación que el Ministerio Público, la Fiscalía, representante de víctimas y defensa hicieron ante el juzgado, por las posibles inconsistencias entregadas por parte de los policiales en los informes escritos y declaraciones; ya que según las entidades, se habría presentado, al parecer, una consecución de los delitos de homicidio culposo y falso testimonio.
Esto obedece a que Medicina Legal comprobó que la herida causada a Numpaque García se habría producido a corta distancia dentro del helicóptero y la muerte de Londoño Castro se habría producido varias horas después de las reportadas por los informes policiales, y cuando ya habían sido retirados del lugar los judicializados.
A los condenados no se les concedió ningún subrogado penal.