La seguridad de cerca de 12 mil personas amenazadas quedará en manos de la Unidad Nacional de Protección, después de que por medio del Decreto 4912 del Ministerio del Interior fueron creadas las responsabilidades de este ente, el cual cumplirá un papel fundamental en la aplicación de la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras, que entra en vigencia el próximo domingo.
El 31 de octubre pasado el Gobierno nacional creó la Unidad Nacional de Protección, que estará adscrita al Ministerio del Interior, con la intención de unificar los esquemas de protección a cargo del Estado, bajo la responsabilidad de una sola institución.
En la actualidad el Programa de Protección de Derechos Humanos a cargo del Ministerio del Interior brinda medidas a cerca de 11 mil personas, entre ellos 1.500 dirigentes sindicales amenazados, mandatarios regionales y defensores de derechos humanos.
Sin embargo, con el concurso de la Unidad Nacional de Protección también integrarán a este Programa de Protección de Derechos Humanos a otros como el de la Policía Nacional, Fiscalía General - Funcionarios-, Consejo Superior de la Judicatura (funcionarios y empleados de la Rama Judicial).
Además a este componente será integrada la protección de más de mil personas, hasta ahora, especialmente líderes de tierras, que hoy están amenazados previo a la entrada en vigencia de la Ley de Víctimas, en la que uno de sus principales componentes es la restitución de las tierras que fueron usurpadas a campesinos y pequeños hacendados por la guerrilla y grupos de autodefensa.
Funciones
La protección de personas amenazadas está enmarcada en el Programa de Prevención y Protección, el cual estará en cabeza de la Unidad Nacional de Protección, la Policía Nacional y el Ministerio del Interior.
El Decreto 4912 del Ministerio del Interior establece que la Unidad Nacional de Protección será la encargada de coordinar y prestar el servicio de protección a las personas que, en virtud de sus actividades, condiciones o situaciones políticas, públicas, sociales, humanitarias, culturales, étnicas, de género o en razón del ejercicio de un cargo público u otras actividades, pueden generar riesgo extraordinario o extremo de sufrir daños contra su vida, integridad, libertad y seguridad personal.
El organismo recibirá y tramitará las solicitudes de protección e información allegadas, analizará y verificará la documentación relacionada con las solicitudes de protección y coordinará con las entidades competentes la implementación de medidas preventivas a las que haya lugar.
Además de lo anterior, la Unidad Nacional de Protección atenderá y tramitará las solicitudes de emergencia y activará la presunción constitucional de riesgo, cuando aplique.
Igualmente entre sus funciones está dar traslado a la Fiscalía General de la Nación de las amenazas que reporten los peticionarios de protección y hacer seguimiento al avance de los procesos.
Destaca el Decreto que la Unidad Nacional de Protección podrá vincular al programa de protección que ésta lidera, “de forma excepcional”, a otras personas, en casos de extrema gravedad y urgencia, y con el fin de evitar daños irreparables en los derechos a la vida, la integridad, la libertad y la seguridad personales, siempre y cuando dicha responsabilidad no esté asignada de manera específica a otra entidad.
La normativa también destaca los compromisos de la Unidad Nacional de Protección, los cuales son entregar las medidas de prevención y protección recomendadas por el Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas (Cerrem), entregar los elementos destinados para la protección en buen estado, manejar de forma reservada la información relacionada con su situación particular y notificar las decisiones adoptadas.