A pesar de llevar más de un mes como Fiscal General, aún no se sabe si Eduardo Montealegre estará en el cargo cuatro años o solo 16 meses, pues no lo señaló la Corte Suprema en su elección.
El Consejo de Estado tiene la última palabra, pues debe decidir sobre algunas demandas que presentadas contra esta elección, unas rechazadas. Ya su Sala de Consulta dijo que el periodo es institucional, es decir que Montealegre no debería estar cuatro años.
EL NUEVO SIGLO:¿La definición de su periodo como Fiscal se parece en algo a lo que acontece con el fiscal Montealegre?
ALFONSO VALDIVIESO: Yo creo que es diferente, en realidad fui nombrado por la Corte para terminar el periodo del doctor De Greiff. El Consejo de Estado consideró que mi periodo era de cuatro años; en consecuencia, digámoslo así, modificó la decisión de la Corte Suprema.
Sin embargo hay una discusión porque viene el Acto Legislativo del año 2003 hablando de que todos los periodos de elección son institucionales, no personales. Pero en este caso de la elección del doctor Montealegre, primero, el doctor Guillermo Mendoza estuvo en esa condición de encargado por casi un año y medio, es decir no estuvo en propiedad. En mi opinión ese periodo no debería contar ni siquiera para el caso de la doctora Viviane Morales pero tampoco para el del actual. Y por otro lado, la circunstancia que el propio Consejo de Estado anula la elección de Viviane Morales, pues da lugar para pensar que el doctor Montealegre pueda considerarse como elegido por un periodo de cuatro años.
Ahora hay necesidad de que se pronuncie el Consejo de Estado en Sala Plena para dirimir el tema, porque solo hasta el momento se ha producido el concepto de la Sala de Consulta, que, como todos bien sabemos, no obliga.
ENS: Pareciera que la Corte y el Consejo se botan la pelota sobre quién debe definir este periodo…
AV: Pues yo creo que le corresponde al Consejo de Estado dirimir el tema, pero en este caso, a pesar del concepto de la Sala de Consulta del Consejo, se necesita una decisión amplia y de fondo sobre el tema, y esa sí le corresponde a la Sala Plena. Por eso la Corte Suprema se abstuvo de definir el periodo, porque sin lugar a dudas le corresponde al Contencioso este tipo de decisiones, y yo creo que el Consejo de Estado es el que tiene que pronunciarse.
ENS: Un periodo de 16 meses, en caso de que se determine para Montealegre, ¿no obligaría a una Fiscalía de coyuntura, casi por cumplir?
AV:No, a mí me parece que desde todo punto de vista se debe partir de la consideración de que efectivamente se está nombrando una persona por un periodo de 4 años y que no hay ninguna norma que defina en qué momento se inicia ese periodo. Yo creo que en el caso de la elección del Fiscal General de la Nación es muy diferente al de Contralor, por ejemplo, pues hay un momento en que se inicia efectivamente el periodo porque debe coincidir con la elección del presidente de la República, pero además desde todo punto de vista es inconveniente para la misma institución de la Fiscalía que se pueda considerar que es un periodo tan corto.
Afortunadamente aquí lo que hemos tenido son, digamos, circunstancias ajenas por la no elección de la terna del presidente Uribe, y eso es lo que ha desfasado los periodos desde ese momento.
Yo creo que es lo que tiene que analizar a fondo el Consejo de Estado una vez, con seguridad, se presente la demanda a la elección en el caso del doctor Montealegre.
Cambio de fórmula
Valdivieso no está de acuerdo con la propuesta de que sea el Presidente el que elija al Fiscal General. “No me parece que sea un tema sustancial en esta coyuntura, yo creo que la elección en la forma como está concebida en la Constitución es perfectamente aceptable y comprensible que eso suceda. Son dos Ramas del Poder Público las que concurren en esta decisión, y yo creo que está muy bien definido en la Constitución actual que el Presidente de la República integra una terna y de ella la Corte Suprema de Justicia elige al Fiscal.