Sobre jueces y procesos | El Nuevo Siglo
Miércoles, 1 de Agosto de 2018

La Corte Suprema de Justicia con la innovación del tratamiento especial para aforados y creación de la doble instancia, sigue integrada por 23 magistrados, elegidos para períodos de ocho años y cinco Salas: Plena, de Gobierno, de Casación Laboral, de Casación Civil  y de Casación Penal, pero  en el  Acuerdo expedido por el Consejo  Superior de la Judicatura el 5 de julio del 2018 se definió la  conformación  para  garantía procesal  de dos salas adscritas a  la Penal,  una  de Instrucción con seis magistrados  y  la otra de Primera Instancia, con tres, las cuales apenas se están integrando.

La Sala de Casación Penal de la Corte, en uso de sus atribuciones, fue la que llamó a indagatoria al expresidente Álvaro Uribe Vélez, dentro de la investigación que adelanta por una posible presión a testigos para conseguir retractación de sindicaciones en su contra. Muchos creen que la decisión se adoptó por la Corte plena. Como ciudadano y exmagistrado no cuestiono la providencia, sin embargo considero oportuno que la Corte confirme la competencia de la sala de Casación Penal y explique la iniciación de labores de las dos nuevas salas. 

En medio de testimonios contradictorios, de la valoración de afirmaciones provenientes de personas con antecedentes penales, resulta complejo establecer la veracidad de acusaciones, giran alrededor del senador seguidores fervorosos y opositores fuertes, he visto y oído a magistrados dando opiniones en referencia al curso de la investigación. Toco el tema porque en indagaciones en curso, no solo en esta, es imperioso preservar el orden institucional.

En Colombia existe la justicia especial transitoria para la Paz, (JEP), que deberá aplicar sanciones a exguerrilleros de las Farc inmersos en la comisión de delitos durante el conflicto armado, a militares sometidos a esa jurisdicción; no obstante a la Ordinaria, en cabeza de la Corte Suprema, corresponde aplicar lo dispuesto en el código penal, con limitaciones. También hay normas de excepción, por ejemplo, las atinentes a los indígenas. Reafirmo la urgencia de que el Congreso analice, discuta y apruebe la reforma judicial que se requiere en todas las áreas. Es compromiso del presidente electo someter a su consideración la propuesta integral, esperamos que se precise el proyecto y obviamente la promulgación de sentencias para los incursos en conductas punibles. Una enmarañada telaraña cubre a parte de la rama en perjuicio de juristas que cumplen su misión.  

La  Paz no es simplemente la ausencia de guerra, es la presencia de la Justicia, la cual depende de piezas inscritas en  normas constitucionales y legales, del actuar de los jueces que depara la aparición de noticias poco claras difíciles de entender.