Radican en el Senado reforma al proceso de responsabilidad fiscal | El Nuevo Siglo
Foto Contraloría.
Sábado, 18 de Agosto de 2018
Redacción Nacional

Un proyecto de ley por medio del cual se modifican las normas que rigen el proceso de responsabilidad fiscal radicó ayer en el Senado el contralor general Edgardo Maya, en su último día hábil en el cargo.

“Entrego este proyecto como resultado de la experiencia que he tenido en los cuatro años que he ejercido como Contralor General de la República con relación a una de las competencias más importantes que tiene la Contraloría, como es el juicio de responsabilidad fiscal, que busca la forma de resarcimiento del daño que el servidor público le ha ocasionado al patrimonio de todos los colombianos”, dijo Maya.

Reconoció que la Contraloría tiene un problema recurrente de prescripciones y caducidad de la acción fiscal, por los términos y la manera como se tramitan estos procesos.

Y, para atacar este problema, lo primero que hace el proyecto de ley es suprimir la indagación preliminar, estableciendo con toda claridad en la norma legal, que solo cuando los funcionarios auditores estén en condiciones de sustentar un hallazgo fiscal ante el funcionario que adelanta el juicio fiscal, es que procede la apertura del proceso de responsabilidad fiscal. En otras palabras, el hallazgo tiene que ser suficientemente contundente.

Actualmente, como paso previo a la apertura del proceso de responsabilidad fiscal, el hallazgo fiscal detectado en el informe de auditoría da lugar a una indagación preliminar, para fortalecer el mismo.

Este es entonces el primer aspecto importante al que apunta el proyecto: se suprime la indagación preliminar, de modo que los hallazgos fiscales se deben estructurar de manera completa, desde la auditoría y demás sistemas de vigilancia y control.

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Según el contralor Maya, “definitivamente la demora y dificultad de los procesos de responsabilidad fiscal para ordenar el resarcimiento efectivo del patrimonio público, en parte, se explica por la incipiente calidad de los hallazgos fiscales y la insuficiente evidencia probatoria con que se acompañan”.

Entre los principales cambios introducidos con el proyecto de ley está que se hace una delimitación entre los tiempos de prescripción para los fallos de primera instancia y los tiempos de los fallos de segunda instancia. Con el fallo de primera se interrumpe dicho término, mientras el fallo de segunda tiene un año de plazo preclusivo y perentorio para su expedición.

También se simplifican los trámites de notificaciones y recursos; se regula con mayor precisión y de manera más garantista la figura del apoderado de oficio; se consagra un nuevo régimen de nulidades, para mayor celeridad, eficacia y garantía del trámite procesal; se hace total claridad sobre las causales que suspenden los términos del proceso, incluidos los de caducidad y prescripción; y se precisan los asuntos y tiempos para adelantar el grado de consulta, de manera que resulte más garantista y se cumpla con eficacia.

Además, se regulan las condiciones y tiempos de la versión libre como garantía de los implicados, pero en contexto con los demás derechos y medios de defensa; se conmina a que el funcionario de conocimiento decida, cuando estén dadas las condiciones, bien para archivar o bien para imputar, sin esperar a que se cumplan los plazos de dos años previstos en la actual legislación; se limitan los procesos verbales a una cuantía máxima de 500 salarios mínimos; y se regula también el término de la prescripción.

“Yo creo que este proyecto es beneficioso para el futuro de la Contraloría General de la República, que tiene la obligación de entregarle resultados a la sociedad colombiana mediante el juicio de responsabilidad fiscal, buscando el resarcimiento del daño patrimonial”, destacó Maya.