Nueva concepción democrática | El Nuevo Siglo
Jueves, 9 de Agosto de 2018
  • Separación de las ramas del poder público
  • Implicaciones del nuevo gabinete

 

Una coalición de gobierno se hace para sacar adelante una política que, soportada en las bancadas parlamentarias y las fuerzas vivas de la nación, permita atender de la mejor manera posible los retos nacionales del momento.

En los regímenes parlamentarios, como en el Reino Unido, Francia o Italia, cada cual con sus diferencias, los congresistas acceden o pueden acceder directamente al Ejecutivo, si logran el voto de confianza electoral. No existe ahí una división tan certera entre las ramas del poder público como sucede en los regímenes presidenciales al estilo colombiano. No obstante, para el caso de nuestro país, la Constitución obliga a que las tres ramas (Ejecutiva, Legislativa y Judicial), si bien separadas deben actuar armónicamente entre sí.

En los Estados Unidos, donde se practica el régimen presidencial por excelencia, los parlamentarios no suelen acceder directamente al Ejecutivo (aunque pueden hacerlo), pero cualquier nombramiento de importancia en la Administración debe recibir el aval del Congreso. La configuración del Ejecutivo es, por lo tanto, bastante más compleja, puesto que no basta con el simple decreto presidencial.

En Colombia, los únicos cargos que requieren del aval parlamentario se refieren a los oficiales de más alta insignia en la Fuerza Pública. Por lo general, suele ser este un trámite fluido, sin mayor debate ni consulta. Solamente anteayer, tal vez por primera vez en la historia, el Presidente del Congreso, en la posesión del nuevo Jefe de Estado, le pidió abiertamente el cambio de la cúpula militar.

De otra parte, en Colombia, el Congreso interviene institucionalmente y como nominador directo en la designación de los más altos funcionarios del Estado en materia de organismos de control, política criminal y magistrados de las cortes. Esto lo hace sobre el concepto de democracia indirecta, es decir, que siendo los congresistas los representantes del pueblo, deben asimismo designar a los funcionarios públicos de mayor envergadura, de manera que estos, a su vez, tengan alguna derivación popular. Ello, sin embargo, ha venido siendo criticado ya que las designaciones así consideradas en la Constitución han terminado por poner en práctica, en algunos casos, el “yo te elijo y tú me eliges”. Por el momento, no obstante, no se ha encontrado ninguna manera alternativa de suplir esos cargos del mayor interés nacional.

El presidente Iván Duque, de otro lado, ha determinado mantener por completo separadas las designaciones en el Ejecutivo, sin ningún influjo parlamentario. Los ministros del despacho tienen, constitucionalmente, un carácter político esencial, como representantes del Jefe de Estado, pero el Presidente ha decidido privilegiar su carácter tecnocrático más que el origen partidista o los elementos propios de una coalición gubernamental fundamentada en el espectro político. Así las cosas, los parlamentarios habrán de sujetarse estrictamente a votar en conciencia los proyectos del Ejecutivo, o sea, según reza la Constitución, consultando exclusivamente la justicia y el bien común.

Esto significa, de una parte, que el nuevo Gobierno no tendrá a la Administración escalafonada por cuotas políticas ni por milimetrías, ni tampoco recurrirá a la asignación de los recursos presupuestales para las regiones a través de los llamados “cupos indicativos” o los auxilios parlamentarios. En ese sentido, a diferencia de las otras partes del mundo, el gasto y las inversiones públicas no serán compartidas y no habrá intermediación parlamentaria a los efectos regionales. De este modo, el Congreso no tendrá injerencia en el programa plurianual de inversiones del Plan de Desarrollo, ni tampoco en el presupuesto nacional.

En los Estados Unidos, por ejemplo, los parlamentarios si bien no tienen capacidad de gasto directa, poseen la facultad de vetar partidas presupuestales o de incorporar obras regionales en los proyectos de ley, por cuanto allí no existe el concepto de unidad de materia legislativa, como lo hay en Colombia.

El problema radica, desde luego, en la gran desconfianza que ha suscitado el ejercicio parlamentario en Colombia al respecto. El lio estriba en que los “cupos indicativos” han servido para derivar privilegios y canonjías, y generar canales para la corrupción. Pero de alguna manera debe lograrse un mecanismo por medio del cual las regiones puedan acceder al presupuesto de la nación con miras a mejorar la infraestructura secundaria  no inscrita en el Plan de Desarrollo global. El artículo cuarto del referendo que en su momento perdió el presidente Álvaro Uribe Vélez, en 2003, era una salida razonable en la materia.

En el gabinete, por su parte, hay políticos destacados en los ministerios del Interior y la Cancillería. Es loable el propósito del presidente Duque de buscar consensos, sin mediar en ello los factores de poder. Habrá que ver si Colombia es capaz de dar ese salto, lo que generaría una nueva y extraordinaria formulación de la democracia en el mundo.