Campanazos penales | El Nuevo Siglo
Domingo, 14 de Agosto de 2016

Tres elementos puso en evidencia todo el revuelo que se formó días atrás alrededor de las implicaciones del proyecto de ley “por el cual se definen las contravenciones penales, se establece un procedimiento especial abreviado para ellas y se regula la figura del acusador privado”, más conocido como el de “pequeñas causas penales”. Más allá de esos dos confusos nombres, la iniciativa lo que busca es agilizar el procesamiento judicial para que algunas conductas ilegales ‘menores’ puedan ser investigadas en menor tiempo, garantizando así la celeridad y eficiencia en la administración de justicia. 

Aunque el proyecto ya avanza en tercer debate en la Comisión I de la Cámara de Representantes, esta semana el fiscal general Néstor Humberto Martínez dio un campanazo de alerta sobre algunas de sus implicaciones. Según el jefe del ente acusador, la iniciativa dispone la derogación expresa de todos los delitos que se transforman en contravenciones penales. Para Martínez, ello implicaría un riesgo de excarcelación masiva ya que en virtud del principio de favorabilidad eso acarrearía la despenalización inmediata de 69 conductas hoy tipificadas como delitos. Así las cosas, la justicia se vería abocada a archivar o precluir todas las investigaciones en curso y ordenar la salida de prisión de quienes han sido ya condenados por las mismas. Y como si fuera poco, el Fiscal advirtió sobre una posible contradicción con leyes recientemente expedidas, como la que tipifica como delito autónomo los ataques con ácido.

Dicha norma es conocida como la “Ley Natalia Ponce”, en referencia a la valiente joven bogotana cuyo rostro fue desfigurado tras ser agredida con una sustancia química en la puerta de su casa. El alto funcionario también pidió revisar el artículo referido a las reformas al Código Penal sobre hurtos, ya que la cuantía fijada para considerar esta conducta como delito podría llevar a que muchos capturados por robo de teléfonos celulares queden en libertad.

Como era apenas obvio, el campanazo del Fiscal General de inmediato prendió las alarmas en la Comisión Primera, que conformó una subcomisión para estudiar sus advertencias y aplicar los correctivos al articulado. Instancia que fue aprobada también por el Ministerio de Justicia, que se comprometió a trabajar en conjunto con los parlamentarios y la Fiscalía para ajustar el proyecto y evitar cualquier riesgo de excarcelación masiva o de afectación del alcance de leyes como la “Natalia Ponce”.

Pero más allá de los correctivos que seguramente se aplicarán al proyecto de pequeñas causas, lo cierto es que no se entiende cómo es posible que los riesgos implícitos en este proyecto sólo hasta ahora, en tercer debate, hayan sido detectados. No en pocas ocasiones hemos urgido desde estas páginas que los proyectos de reforma a los códigos Penal y de Procedimiento Penal deberían llevar un visto bueno previo y obligatorio del Consejo Superior de Política Criminal y Penitenciaria, sin el cual no podría procederse a su discusión. Sólo así se evitaría el peligro de populismos punitivos, ‘micos’ y ‘orangutanes’ en las reformas penales y zonas grises en las medidas que buscan agilizar el aparato judicial, disminuir el hacinamiento carcelario u optar por mecanismos de sanción y resocialización de delincuentes distintos al de la condena intramural.

En segundo lugar, es claro que hace falta en la legislación colombiana una mejor arquitectura jurídica para saber exactamente cuál es la línea divisoria entre las conductas consideradas delito y aquellas que, por su menor gravedad o nivel de afectación, se pueden catalogar como contravenciones. Cada vez que se reforma esa frontera penal, las controversias están a la orden del día y en el Congreso, la academia y el aparato judicial saltan las alarmas a última hora. Incluso algo similar ocurrió en el reciente debate sobre las conductas que debía cobijar el nuevo Código de Policía, aprobado por el Congreso a mediados del año y sancionado hace escasas semanas, y contra el cual ya se anunciaron sendas demandas ante la Corte Constitucional.

Y, como tercer punto, no se puede desconocer que esta clase de controversias alrededor de los proyectos de reforma penal generan incertidumbre en la opinión pública respecto a la certeza de las reformas sobre la materia. No hay que olvidar que al final del primer semestre fue necesario que el Congreso aprobara de urgencia una ley para evitar que varios miles de sindicados por delitos graves y de especial complejidad investigativa quedaran en libertad por cuenta de un vacío en la ley de racionalización de detención preventiva, aprobada un año atrás.

Como se ve, una vez más se pone sobre el tapete que falta un mecanismo de coordinación y blindaje más efectivo a las reformas de la legislación penal en Colombia. Falencia que no por advertida reiteradamente, ha sido corregida de forma efectiva y definitiva.