¿Camilla por cárcel? | El Nuevo Siglo
Martes, 24 de Mayo de 2016

  ·       Más presos enfermos a detención domiciliaria

·       Indignación ciudadana y realidad penitenciaria

 

Cada vez que algún condenado o sindicado por delitos graves recibe la casa por cárcel debido a problemas de salud, la reacción de la opinión pública es negativa y se pone sobre el tapete la vieja y manida frase de que “la justicia solo es para los de ruana”. La indignación ciudadana tiende a ser mayor si quienes obtienen este beneficio terminan siendo peligrosos y reconocidos delincuentes, cabecillas de grupos armados ilegales, agresores sexuales, ex dirigentes políticos o involucrados en los casos de corrupción más graves y con más eco mediático de los últimos años. A ello se suma que no en pocas ocasiones estos criminales vuelven a ser capturados reincidiendo en su actividad delictiva o maniobrando para afectar el curso de los procesos en su contra. Como si fuera poco, están a la orden del día las controversias alrededor de las certificaciones de los médicos legistas que determinan que un recluso no puede permanecer en prisión, sino que requiere ser trasladado permanentemente a un centro médico o a domicilio para recibir el tratamiento especializado. Y, por último, es evidente que el Inpec y la Policía en algunas ocasiones no tienen el suficiente personal o el tiempo para verificar si quienes tienen el beneficio de casa por cárcel realmente respetan esta prerrogativa y no, como se ha denunciado muchas veces, se evaden y los presuntos enfermos son vistos en fiestas y actos sociales, haciendo ostentación de su situación y poniendo a la justicia casi que en ridículo.

 

Aunque es lógica la reacción de la ciudadanía a esta clase de situaciones, tiene que entenderse que no se trata de decisiones caprichosas sino que los jueces que otorgan este beneficio lo hacen basados en conceptos médicos y del Instituto de Medicina Legal. Es más, así como se da vía libre a muchas de estas peticiones, en otro tanto son negadas al comprobarse que las patologías y dolencias de los reclusos no son graves o que pueden ser tratadas al interior de los penales por sus respectivos cuerpos médicos y de manera ambulatoria, trasladando al interno a clínicas y hospitales y regresándolo a su respectiva celda.

 

Alegan, con razón, muchos juristas y asociaciones de víctimas que dicha prerrogativa de casa por cárcel por razones de enfermedad grave no existe en otros países con regímenes penitenciarios más drásticos o sólo se aplica en casos extremos y de grave amenaza vital. Una restricción  sustentada allí en que no se puede permitir que los sindicados y condenados utilicen o exageren problemas de salud para evadir el castigo impuesto por violar la ley.

 

Sin embargo la polémica en Colombia tiene un marco con otras particularidades. Por ejemplo, el aumento de casos en que delincuentes van a detención domiciliaria -algunas veces en lujosas casas y ante la impotencia e indignación de sus víctimas-, se presenta coincidencialmente con la declaratoria de emergencia carcelaria por cuenta de graves fallas en el sistema de atención sanitaria a los reclusos. Crisis que si bien no es nueva, se profundizó después de la liquidación de Caprecom, que venía manejando gran parte de esta tarea en los penales. Incluso un informe de la Defensoría del Pueblo advertía recientemente que solo hay un médico por cada 496 internos. Situación que aprovechan los abogados de muchos de los internos para advertir que si el Estado no puede garantizar la atención primaria en salud a los presos, mucho menos lo puede hacer en los casos en que se requiere de tratamientos especializados y de alta complejidad.

 

Visto todo lo anterior, no se puede caer en ingenuidades. La polémica sobre si es justo o procedente permitir que un recluso de alta peligrosidad, sea cual sea su delito, pueda pagar en su vivienda la pena que le fue impuesta, alegando que tras las rejas corre peligro su vida por su particular estado de salud, no puede ser resuelta de manera eficiente y diáfana hasta tanto no se supere la crisis general en el sistema de atención médica penitenciario.  

Por lo pronto y para despejar ese clima de sospecha que siempre se genera cuando se dan estos casos de prisión domiciliaria por razones de salud, bien podría pensarse en que se creen instancias de confirmación y reconfirmación de los diagnósticos a los reclusos. Puede que así la polémica sobre la justicia o procedencia del beneficio no disminuya, pero la certeza sobre el real estado de salud del enfermo aumentará y serán menos las suspicacias de la ciudadanía sobre delincuentes que tan pronto están tras las rejas, se enferman gravemente.