Jueza pide a Senado promulgar curules de Paz | El Nuevo Siglo
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Lunes, 11 de Diciembre de 2017
Redacción Web

UN NUEVO capítulo se dio este lunes en el novelón político-judicial alrededor del proyecto de acto legislativo que creaba las 16 circunscripciones especiales de paz y que se hundió el 30 de noviembre en la plenaria del Senado, decisión que aunque sustentada y ratificada por el Congreso en varias ocasiones, el Gobierno se niega a aceptar.

De un lado,  el Juzgado 16 Administrativo de Bogotá decidió dictar una “medida provisional” en el marco del estudio de una acción de tutela que fue interpuesta por Robinson López Descanse, quien se presentó como víctima del conflicto armado y Coordinador de Derechos Humanos y Paz de la Organización Nacional de los Pueblos Indígenas de la Amazonia Colombiana.

Según la acción de tutela -que fue interpuesta primero ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que tras declararse incompetente la remitió el Juzgado 16- el acto legislativo sí se aprobó en la plenaria del Senado el 30 de noviembre pero hubo una interpretación “errónea” de la corporación, al considerar que con 50 votos la iniciativa se hundió, pues bajo un quorum de 102 integrantes, se requerían la mitad más uno para ser aprobado, es decir 52 votos.

López, sin embargo, considera que se podía aprobar con 50 votos, contabilizados a partir de 99 integrantes, ya que había tres “sillas vacías” en la plenaria. Por lo mismo consideró que a él y todas las víctimas se les estaba violando el derecho a elegir y ser elegido. De allí que exige en su recurso de amparo que se ordene al presidente del Senado, Efraín Cepeda, que remita el texto del acto legislativo de las 16 curules a sanción presidencial y control de la Corte Constitucional. Incluso para respaldar su tesis adjuntó el concepto de la Sala de Consulta del Consejo de Estado pedido por el Gobierno que argumenta que el proyecto fue aprobado con 50 votos.

El juez decidió, entonces, emitir una “medida provisional” ordenándole a Cepeda que remita el proyecto para sanción presidencial. Sin embargo, se trata de una especie de medida cautelar porque la acción de tutela no ha sido fallada.

Al cierre de esta edición, el Senado no había reaccionado a la orden del juez, pero una alta fuente del Parlamento le dijo a un periodista de EL NUEVO SIGLO que el “acta de la sesión” es clara en que el proyecto se hundió y un juez no puede cambiar el sentido de la misma, razón por la cual se responderá negativamente el requerimiento judicial.

Mientras el Gobierno aseguró que este fallo revive la posibilidad de la creación de las 16 curules para las víctimas, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca indicó que había inadmitido, por un error de forma, la demanda que presentó el Ejecutivo sobre el mismo tema, pidiendo medidas cautelares.

Este es el documento completo judicial