Llaman a proteger Cerros Orientales | El Nuevo Siglo
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Martes, 12 de Diciembre de 2017
Redacción Nacional

Debido  a las actividades que se vienen desarrollando, como camping y recorridos que organizan particulares para esta época decembrina en los Cerros Orientales, la autoridad ambiental hizo un llamado a la protección de los mismos y a que la ciudadanía tenga en cuenta que estas están prohibidas.

Por su parte, otras actividades como fogatas o que impliquen el uso del fuego, deportes a motor, recreación activa y construcción de vivienda nueva, entre otras, no están permitidas en los Cerros Orientales, por tratarse de un ecosistema de gran importancia ambiental.

“El llamado a estas personas que organizan este tipo de actividades es a que se acerquen a la CAR o consulten el Plan de Manejo. Muchas veces por desconocimiento están afectando este ecosistema tan importante, debemos tener precaución”, dijo Laura Duque, directora regional Bogotá – La Calera de la CAR. En ese orden de ideas, es necesario que la ciudadanía conozca las actividades que están prohibidas, permitidas y condicionadas en los cerros orientales.

El Plan de Manejo Ambiental –PMA- tiene como objeto proteger los bosques y la vegetación del páramo de Cruz Verde, las zonas de recarga hídrica y cuerpos de agua (quebradas, humedales y nacimientos), especies de fauna y flora con distribución restringida, o endémicas, o en estado de amenaza y los cerros orientales.

Es importante tener en cuenta que del área total de la zona, 13142 hectáreas, el 57,05% está destinado para preservación, el 35,63% para restauración, el 3,19% para recuperación ambiental, el 3,42% para uso sostenible y tan solo el 0,69 para uso público. Así lo señala el Plan de Manejo Ambiental –PMA Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá, que fue adoptado mediante Resolución del Ministerio de Ambiente No. 1766 de 2016.

Actividades permitidas:

ZONA Actividades  

Preservación •Protección de la biodiversidad y del paisaje

•Forestal protector

•Investigación científica

•Monitoreo ambiental

Restauración  

Uso sostenible   

Uso público  

Actividades condicionadas según las áreas y bajo ciertos lineamientos

ZONA Actividades

Todas •Educación ambiental.

•Recreación pasiva.

•Sustitución y aprovechamiento de especies exóticas e invasoras

•Restauración ecológica.

•Desarrollo, adecuación y mantenimiento de senderos.

Preservación •Aprovechamiento de los frutos secundarios del bosque que no implique la tala ni la afectación de la estructura y función de los ecosistemas.

Uso sostenible

Actividades prohibidas para todos los usos: •Construcción de vivienda nueva.

•Ampliación de vivienda pre-existente.

•Establecimiento de cualquier estructura cuyo uso sea habitacional.

•Expedición de licencias de urbanismo y construcción.

•Construcción de nueva red vial.

•Minería.

•Introducción de especímenes de especies, subespecies, razas o variedades de exóticas o foráneas invasoras.

•Siembra de pinos, eucaliptos, ciprés y acacias.

•Siembra de especies nativas  en monocultivo.

•Tala de vegetación existente, salvo autorización expresa por parte de la CAR.

•Industriales.

•Nuevas áreas agropecuarias.

•Dotacionales.

•Comerciales y de servicios.

•Recreación activa.

•Nivelaciones topográficas. Solo factible en procesos de restauración o de gestión del riesgo previa autorización de la CAR.

•Conformación de escombreras.

•Introducción, distribución, uso o abandono de sustancias contaminantes o tóxicas o arrojar, depositar o incinerar basuras, desechos o residuos.

•Alteración, remoción o daño de señales, avisos, vallas, cercas, mojones y demás elementos constitutivos de la reserva.

•Realización de fogatas y/o actividades que impliquen el uso del fuego.

•El aprovechamiento y uso de los recursos naturales renovables presentes, sin la previa obtención de los permisos correspondientes.

•Deportes a motor.

•Todos aquellos que no están contemplados como actividades permitidas o condicionadas.

Vale la pena aclarar que el PMA incluye la reglamentación en materia de recuperación ambiental de las construcciones anteriores al años 2005 (pre-existencias) como las viviendas rurales semi-concentradas y/o dispersas, dotacionales, residencial, comercial y de servicios, instalaciones educativas e instalaciones de seguridad y religiosas.

Acciones de la CAR

La Autoridad Ambiental adelanta un plan con estrategias, programas y actividades más adecuadas con las que se espera lograr los objetivos de conservación. De igual forma, periódicamente realiza jornadas de promoción de la legalidad y los servicios ambientales de ecosistemas de gran importancia como los cerros orientales y el páramo de Sumapaz.

En agosto de 2017, se realizó una limpieza a la quebrada Los Santos y la siembra de 300 árboles en la vereda Verjón Bajo de la localidad de Chapinero, con la participación de más de 150 habitantes de la vereda, junto con la Alcaldía local, EAAB, Secretaría de Ambiente, de Educación y ONG, entre otros. Allí, funcionarios de la CAR atendieron quejas; solicitudes, especialmente sobre cerros orientales; trámites de acueductos veredales, de aprovechamiento forestal; entre otros.

La CAR continuará al tanto de la situación en Cerros Orientales con el objetivo de proceder según la ley vigente y las funciones otorgadas, con el fin de velar por la conservación de los recursos naturales de esta zona de gran importancia ambiental.

 

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