El fin y los 1/2s | El Nuevo Siglo
Miércoles, 21 de Diciembre de 2016

La frase hizo carrera a través de la historia. Se le atribuye a Maquiavelo, pero hay quienes sostienen que no fue un pensamiento textual de su autoría, sino una interpretación que se le atribuye a Napoleón. El discurso original en “El Príncipe” reza: “en las acciones de los hombres, y particularmente de los príncipes, donde no hay apelación posible, se atiende a los resultados. Trate, pues, un príncipe de vencer y conservar el Estado, que los medios siempre serán honorables y loados por todos; porque el vulgo se deja engañar por las apariencias y por el éxito; y en el mundo sólo hay vulgo, ya que las minorías no cuentan sino cuando las mayorías no tienen donde apoyarse ”.

Toda la razón tenía y tiene el renacentista italiano. Para confirmarlo basta simplemente examinar  el asunto referido al fallo de la Corte Constitucional sobre el procedimiento de la vía rápida o “fast track”. La norma examinada,  Acto legislativo 1 de 2016,  disponía (Artículo 5) que su aplicación dependía del éxito  del plebiscito. Como esta consulta se perdió lo lógico y elemental seria deducir que el pueblo rechazaba esa estrategia. Sin embargo, los abogados de la Corte, fieles a su profesión, resolvieron todo lo contrario, buscando argumentos que justifican el fin: “La paz”.

Esa actitud ha sido una constante “histórica”. Igual ocurrió con la derogatoria de la carta de 1863; con el plebiscito de 1957 y, por último, con la 7ª papeleta o papeleta de “bon bon bum”, que sirvió de apoyo a la revocatoria de la Constitución de 1886.

Estos antecedentes demuestran que la Constitución no es una norma fundamental. Si lo fundamental es lo que hace que las cosas sean de tal manera que no pueden ser de otra;, por ejemplo la ley de la gravedad, en el panorama colombiano la Constitución no obliga, no es fundamental, es aleatoria y depende de los caprichos del gobernante de turno y del apoyo de las cortes …sanas.

Pero esta no es una característica propia de la jurisprudencia colombiana. En Alemania, gracias a un ilustre jurista, don Carl Schmitt,  Hitler logró que los fines de su política fueran aceptados por el pueblo e incluso por otras naciones. Entonces,  ¿Por qué sorprenderse de que la Corte interprete la Constitución según sus fines íntimos? ¡El problema grave es enseñar derecho constitucional!.

Esta conducta es generalizada en la actitud de los “juristas”. Para el abogado, universalmente, el fin justifica los medios y, cuando se trata de defender los intereses de su cliente, sea un particular o sea el Gobierno, su mandante tendrá siempre la razón. Y el leguleyismo y la tinterillada siempre se prestan para eso. El hermano del asesino del edificio “Equus 66” lo primero que intentó, según dice la prensa, fue encontrar una disculpa para burlar la realidad y para esto intento crear una causa de inimputabilidad. Y esa es una conducta habitual entre “juristas”.