Sancionados e inhabilitados concejales y personero de La Guajira | El Nuevo Siglo
Foto archivo
Viernes, 10 de Noviembre de 2017
Redacción Nacional

El Ministerio Público emitió el fallo contra los  concejales Charles Aguilar Medina, Pablo Fonseca de Luque, Silvina Ibarra Meza, Aloima Miranda Arregocés, Jhon Fredy Benjumea Arregocés, Yeiner Osorio Ariza, Ever David Quintana Rodríguez, Endry Luis Guerra Vanegas, Nubia Yaneth Socarrás, Osvaldo Iguarán Pinto, y Hugues Ariza Tatis, personero del Distrito de Riohacha, Guajira, por irregularidades en el proceso de elección y posesión del Personero Distrital.

La Procuraduría Regional Guajira declaró disciplinariamente responsables a los concejales de Riohacha, por haber violado el artículo 35 numeral 1 de la Ley 734 de 2002, al elegir a Hugues Ariza Tatis, como personero Distrital a pesar de la existencia de causales de inhabilidad, “en razón a que durante el año anterior a su elección, celebró el contrato de hora cátedra No. 0989 de fecha 30 de septiembre de 2015, con la Universidad de La Guajira, el cual ejecutó durante el segundo periodo académico  del año 2015 en la ciudad de Riohacha”.

En cuanto a Hugues Ariza Tatis, se inscribió y tomó posesión del cargo como Personero Distrital de Riohacha, Guajira, vigencia 2016 – 2020 y ejerce desde el 30 de mayo del 2016, a pesar de la existencia de una causal de inhabilidad, porque durante el año anterior a su elección celebró y ejecutó un contrato con La Universidad de La Guajira, -entidad pública- durante el segundo período académico del año 2015; inhabilidad a la que se refiere la norma del artículo 174 parte inicial del literal g) de la Ley 136 de 1994.

El ente  Regional calificó la falta de los concejales Silvina Isabel Ibarra Meza, Ever David Quintana Rodríguez y Jhon Fredys Benjumea Arregocés y la de Hugues Ariza Tatis en su calidad de Personero como gravísima a título de culpa gravísima. Sancionó a los concejales y al Personero con destitución e inhabilidad general por espacio de diez años los primeros y con once al Personero.

Así mismo, denominó  la falta de los concejales Charles Aguilar Medina, Pablo Emilio Fonseca, Endry Guerra Vanegas, Osvaldo Iguarán Pinto, Yeiner Osorio Ariza, Nubia Yaneth Socarras Ramírez y Aloima Miranda Arregocés como gravísima a título de culpa grave, y sancionó los primeros con suspensión por un espacio de ocho meses  y con nueve meses a Aloima Miranda Arregocés, por pesar sobre este último un agravante.