JEP: delitos sexuales sin rebaja de penas | El Nuevo Siglo
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Miércoles, 22 de Noviembre de 2017
Redacción Política
Ayer se inició el trámite de la reglamentación de la ley estatutaria de la Justicia Especial para la Paz. Se espera que esta semana sea aprobada

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El artículo que mantiene que los delitos sexuales cometidos por los actores del conflicto sean sometidos a la justicia ordinaria y que se les apliquen las penas más altas, y la eliminación de las inhabilidades de los magistrados del tribunal de la JEP, son los dos puntos polémicos que la Cámara de Representantes abordara en el trámite de la reglamentación de la ley. El representante y ponente de la reglamentación de la Justicia Especial para la Paz, Hernán Penagos, habló con Prensa de la Cámara de Representantes y explicó los principales puntos sobre los que se basará el último debate de la iniciativa.

Aseguró que la reglamentación debe estar lista antes del 30 de noviembre, que se acatará el fallo de la Corte Constitucional sobre la participación en política de los miembros de las Farc, que los delitos a menores no entrarán a la JEP y se propondrá un nuevo régimen en materia de conflicto de intereses, así como de impedimentos para los magistrados del alto tribunal.

Frente a las inhabilidades indicó que “ese artículo obligatoriamente hay que modificarlo porque como está redactado actualmente va en contravía del Acto Legislativo 01 de 2017. En él se dijo que el régimen aplicable a los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz es el mismo aplicable a los magistrados de la justicia ordinaria, entonces como quedó redactado se hace necesario modificarlo porque tendría problemas de constitucionalidad”.

Régimen

Señaló el parlamentario que “lo que sí se va a hacer es incluir un régimen muy claro en materia de conflicto de intereses y de impedimentos, de tal manera que el día de mañana quienes hayan participado en algunos temas, tengan la obligación de declararse impedidos si es que se cree que no hay garantías para adelantar el proceso”.

El congresista del Partido Conservador Óscar Fernando Bravo dijo que “es válido incluirlo en la JEP, porque la Corte Constitucional nos dio todas las facultades que los congresistas consideremos convenientes y que sean buenas para la ciudadanía. El tema de los menores es un tema sensible en todo el país, los abusos contra los menores han sido más que evidentes sobre todo en la guerrilla, no solo reclutamiento, la violación, los embarazos no deseados, todas esas historias, que ojala se acaben de por vida”.

Pero anotó que ellas deben ser incluidas en la JEP para que se diga la verdad y reparen a la víctimas y exista un compromiso de no repetición.

Frente a la eliminación de las inhabilidades manifestó que “hay que dejarlo, creo que la vamos a revivir, en Senado en buena hora la aprobó y el ponente las excluyó pero ellos deben tener las inhabilidades y las incompatibilidades”.

Por su parte Ángela María Robledo, de la Alianza Verde, recalcó que “trabajamos con el senador Iván Cepeda una ley totalmente garante, para impedir los delitos sexuales, contra los niños, las jóvenes y las mujeres, la Ley 1719, hay un debate completo de si ponerlos allí es un mandato para un magistrado y romper la autonomía de los magistrados”.

Añadió que las señales es que los delitos sexuales son totalmente intolerables.

Inhabilidades

En lo que tiene que ver con las inhabilidades para los magistrados, manifestó que “se debe eliminar como viene en la ponencia del representante Penagos, se amplía el régimen de impedimentos, lo cual significa que se pueden y se deben posesionar los magistrados y las magistradas, y se precisa el orden de los impedimentos”.

A su turno el legislador Arturo Yepes manifestó que “todo lo que allane el camino para que dejen de matarse los colombianos, hay que hacerlo, el Senado tiene sus opiniones, nosotros en Cámara estamos abiertos a escuchar las inquietudes que a través del Presidente manifiesten los lideres desmovilizados”.

En lo que tiene que ver con los magistrados y las inhabilidades, recalcó que “claro, porque en ese terreno sí me parece que lo que hubo fue un abuso completo, lo que se hizo fue establecer unas inhabilidades con nombre propio, sobrevinientes después de la elección y eso no me parece serio”.

Albeiro Vanegas, del Partido de La U, señaló que “los delitos sexuales están contemplados como delitos atroces, como tal son unos que la Corte Penal Internacional y el estatuto de Roma no permite hacer negociaciones”.

En lo que tiene que ver con los magistrados, indicó que lo lógico es que los que ya fueron elegidos mediante un procedimiento anterior a cualquier pronunciamiento del Congreso, se cumpla, es decir los magistrados que fueron elegidos están elegidos y no hay nada que hacer”.

Jorge Roso, de Cambio Radical, anotó que “eso es un tema interesante, de lo bueno que puede tener la Justicia Especial para la Paz es eso que se castiga bajo la vía ordinaria los delitos sexuales, eso significa que un alto porcentaje de esos guerrilleros cometieron delitos sexuales y muchos de ellos pasarían por la justicia ordinaria”.

Pero dijo que no está de acuerdo con que se hayan eliminado las inhabilidades porque todos los funcionarios públicos deben tener inhabilidades. 

Explicación del artículo

Luego de haber sido aprobada en plenaria de Senado la ley estatutaria que reglamenta la Justicia Especial para la Paz, también se aprobó la proposición presentada por la senadora Maritza Martínez, del partido de La U, que busca aplicar las penas más altas y sin beneficios a los actores del conflicto que cometieron delitos sexuales contra menores. “Es un imperativo constitucional”, aseveró la congresista llanera.

A este artículo que excluye de los beneficios judiciales a los guerrilleros de las Farc responsables de delitos de violencia sexual contra menores de edad, tuvo el respaldo de 53 congresistas a pesar de la oposición ejercida por el Gobierno y algunos senadores. 

La congresista de la Orinoquia celebró que haya justicia para los niños y que violadores de menores se sometan a la JEP para que sean castigados con las penas previstas en el Código Penal (16 a 30 años) y no con las penas alternativas que contempla el proyecto (5 a 8 años).

 

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