Dejemos intacta la tutela | El Nuevo Siglo
Viernes, 10 de Noviembre de 2017

Cualquier intento de reforma del mecanismo constitucional de protección de los derechos fundamentales conocido como acción de tutela suscita mucha inquietud en diferentes expresiones de la sociedad, particularmente en quienes acuden cuotidianamente a este instrumento para hacer valer sus derechos, que son los sectores más vulnerables, como son, entre otros, los usuarios de las EPS quienes buscan se les garantice el derecho a la salud en condiciones dignas.

Lo propio ocurre con el universo amplio de los derechos económicos, sociales y culturales. Lo que realmente preocupa es que, por buscar racionalizar la utilización de la acción de tutela en algunos casos, como contra sentencias judiciales, cualquier modificación que se le introduzca puede terminar reduciendo el ámbito de protección de los derechos, en grave perjuicio de quienes solo pueden acudir a ella para protegerse de los abusos de algunas autoridades y de quienes tienen a su cargo la prestación de los servicios públicos.

Por ello ha sorprendido el anuncio gubernamental que propone reformar el decreto que fija el reparto de las tutelas. Al parecer, se busca que las que se presenten contra autoridades del nivel nacional no sean de competencia de las Altas Cortes, sino de los jueces del circuito y de los tribunales superiores o administrativos en primera y segunda instancia. Los más altos tribunales conservarían su competencia en las tutelas contra las providencias judiciales.

Con toda franqueza creemos que este no es el momento para proponer una reforma sobre la utilización de este mecanismo cuando la prioridad es adoptar medidas sobre el funcionamiento de las cortes que evite la repetición de los episodios de corrupción conocidos que tanto desdoro ha causado a la Administración de Justicia. La coyuntura demanda esfuerzos en esa dirección y así quedó recogido en los ejes temáticos a que alude el “Pacto Nacional de los Poderes públicos por la Justicia”, de que ya nos ocupamos en otra columna.

De manera, entonces, que plantear una reforma al funcionamiento de la tutela implica un consenso básico, un proceso de concertación con los usuarios, con la academia, con la ciudadanía en general a través de sus organizaciones más representativas. Y ello no resulta tan fácil en lo que resta del gobierno. Tampoco entendemos como en el Acto Legislativo 01 de 2017, que crea la JEP, prácticamente se hace nugatoria la posibilidad de seleccionar una tutela para su revisión porque esa decisión será adoptada por unanimidad por una Sala conformada por dos magistrados de la JEP y dos magistrados de Corte Constitucional.

Por otro lado, creemos que los órganos de la justicia tienen necesidades que resolver con carácter urgente. Por ejemplo, el Consejo de Estado acaba de decir que se requería ley para adelantar el proceso de conformación del Consejo de Disciplina Judicial. Lo propio ocurre con la política criminal del Estado en la que el Gobierno, en ocasiones, va por un lado y la Fiscalía va por otro, como ha ocurrido con la propuesta de excarcelación de los campesinos cocaleros.