Congelados de Pesquera Jaramillo: poco contenido | El Nuevo Siglo
Foto Pesquera Jaramillo
Jueves, 16 de Noviembre de 2017
Redacción Web
La Superindustria no sancionó la empresa por sus restaurantes, sino por sus productos expendidos en supermercados.

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Por empacar, vender y entregar a los consumidores menos contenido de producto respecto del anunciado en los empaques o paquetes en que distribuye y comercializa sus alimentos preempacados “anillos de calamar” y “camarón tití”, la Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a la Pesquera Jaramillo con una multa de 442.630.200 pesos.

A través de un comunicado, la Superindustria informó que decisión está contenida en las resoluciones 73469 y 73470 del 15 de noviembre y que contra el acto administrativo sancionatorio de primera instancia proceden los recursos de reposición y apelación ante la misma Superintendencia.

De acuerdo con la información oficial, la decisión sancionatoria se adoptó después de haber realizado una visita de verificación a la planta empacadora de Pesquera Jaramillo Ltda, ubicada en Bogotá, y haber seleccionado 50 paquetes de producto “anillos de calamar” y 50 paquetes de “camarón tití”, todos con indicación de 350 gramos de contenido, que estaban listos para ser comercializados y habían superado todos los controles de calidad internos de la empresa.

En el caso del producto “anillos de calamar”, se encontró que el contenido promedio real de los paquetes era de 301,77 gramos, es decir, contenían 48,23 gramos menos de lo indicado, entregándole a los consumidores 13,78 por ciento menos de la cantidad anunciada.

En el caso del producto “camarón tití”, se encontró que el contenido promedio real de los paquetes era de 335,71 gramos, es decir, contenía 14,29 gramos menos de lo indicado, entregándole a los consumidores 4,08 por ciento menos de la cantidad anunciada.

Según el comunicado de la Superintendencia, en la decisión se enfatizó que defraudar la confianza de los consumidores en cuanto peso o medida de los productos que se ponen en el mercado es una falta gravísima, ya que ellos no tienen ninguna posibilidad real de verificarla, y solamente pueden confiar en lo que les informa el empresario.

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