Los animales, a la Constitución | El Nuevo Siglo
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Jueves, 22 de Octubre de 2020

La generación presente cree firmemente en la necesidad de proteger los intereses de los animales, queremos legar a las futuras generaciones esta riqueza y lo queremos hacer en un marco de consideración moral. Por más esfuerzos que realizamos, yendo una y otra vez al legislativo nada ocurre, vamos a los jueces y solo nos dan victorias pírricas, los importantes avances legislativos en la práctica son invisibles para las autoridades. Por estos días nos tocó evidenciar cómo en la sede del Sena, en Malambo (Atlántico), funcionarios públicos decidieron acabar con la vida de inocentes canes… porque ¡ajá!

Algunos países han decidido jugar a fondo y han llevado a los animales a sus constituciones, Brasil dio el primer paso en 1988, así lo dispuso en el artículo 225 “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente ecológicamente equilibrado, que es un bien público para el uso del pueblo y es esencial para una vida sana, y tanto el Gobierno como la comunidad tienen el deber de defender y preservar [el medio ambiente] para presentes y futuras generaciones. Para garantizar la efectividad de este derecho, incumbe al Gobierno: proteger la fauna y la flora, prohibiendo, según lo dispuesto por la ley, todas las prácticas que pongan en peligro sus funciones ecológicas causen la extinción de especies o sujeten a los animales a actos de crueldad.”

Suiza secundó el propósito en 1992, así lo consagró en el artículo 120 “2. La Confederación deberá legislar sobre el uso de material reproductivo y genético de animales, plantas y otros organismos. Al hacerlo, deberá tomar en consideración la dignidad de los seres vivos, así como la seguridad de los seres humanos, animales y el medioambiente, y deberá proteger la diversidad genética de las especies animales y de las plantas”

El pueblo alemán lo hizo en 2002 incluyéndolos el artículo 20A “El Estado protegerá, teniendo en cuenta también su responsabilidad con las generaciones futuras, dentro del marco del orden constitucional, los fundamentos naturales de la vida y los animales a través de la legislación y, de acuerdo con la ley y el Derecho, por medio de los poderes ejecutivo y judicial.”,

Egipto ha sido el último en hacerlo, dio el paso en 2014 al incorporarlos en el artículo 45 de su Carta “El Estado protegerá sus mares, costas, lagos, caudales de agua, aguas subterráneas y reservas naturales. La agresión, la contaminación o el abuso de los recursos hídricos están prohibidos. Cada ciudadano tiene el derecho a disfrutar de los recursos hídricos de acuerdo con las regulaciones legales. El estado protegerá y desarrollará las áreas verdes en las zonas urbanas, preservará las riquezas vegetales, animales y pesqueras y, protegerá a aquellas en amenaza o riesgo de extinción y afrontar otros peligros. Asimismo, protegerá a los animales de la crueldad. Todo esto se realizará de conformidad con la ley.”

Los animales merecen protección constitucional de sus intereses, se trata de nuestro futuro inmediato, debemos actuar en consecuencia.

@ludogomezm - luisdomingosim@gmail.com