Corte avaló última norma que el Congreso aprobó por fast track | El Nuevo Siglo
Foto El Nuevo Siglo - Cristian Álvarez.
Jueves, 11 de Octubre de 2018
Redacción Nacional

La Corte Constitucional evacuó ayer la última norma que tenía pendiente de revisar de las que aprobó el Congreso de la República el año pasado dentro del fast track, o trámite legislativo abreviado, para la implementación del acuerdo de paz con la hoy extinta guerrilla de las Farc.

Se trata de la ley por medio de la cual se crea el Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria (SNIA), la cual el alto Tribunal declaró exequible.

La norma tiene como objetivo la transformación del campo y la participación de los campesinos en la planificación de acciones de investigación, desarrollo tecnológico, transferencia de tecnología, formación y capacitación de manera que se ayude a mejorar la productividad, competitividad y sostenibilidad del sector.

La Ley 1876 de 2017 viene a ser uno de los productos del acuerdo de paz en lo que tiene que ver con la política de desarrollo agrario integral, que fue uno de los seis puntos que contemplaba la agenda de negociación que discutieron el Gobierno y las Farc durante cuatro años en La Habana (Cuba).

De esta manera, el alto Tribunal puso punto final a la revisión de exequibilidad de 46 leyes, actos legislativos y decretos que se expidieron en total para la implementación del acuerdo.

A la Corte Constitucional solamente le resta pronunciarse de la implementación del acuerdo acerca de la ley de procedimiento de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP), aunque vale señalar que esta fue tramitada por el procedimiento normal previsto en la Constitución, pues el fast track expiró en noviembre del año pasado.

 

La norma

Esta ley crea funciones, competencias y mecanismos de articulación de las entidades y organismos de coordinación del orden nacional y territorial que componen el SNIA, y crea el servicio público de extensión agropecuaria y normas para su prestación.

Todo lo anterior como herramientas fundamentales para lograr que las acciones de investigación, desarrollo tecnológico, transferencia de tecnología, gestión del conocimiento, formación, capacitación y extensión soporte efectivamente los procesos de innovación requeridos para mejorar la productividad, competitividad y sostenibilidad del sector agropecuario colombiano.

Las acciones, instrumentos y estrategias desarrolladas en el marco del SNIA deben garantizar la articulación de recursos, procesos y actores de los subsistemas que lo componen para el logro de los objetivos de innovación y competitividad, así como el relacionamiento coordinado y eficiente con los demás sistemas del Estado vinculados con el sector agropecuario, entre otros el Sistema Nacional de Competitividad, Ciencia, Tecnología e Innovación (Snccti), el Sistema Nacional de Educación (SNE), el Sistema Nacional Ambiental (SINA), el Sistema General de Regalías (SGR), y el Sistema Nacional de Crédito Agropecuario (SNCA).

La norma, entre otros, prevé un enfoque territorial de las acciones e instrumentos del SNIA, por lo cual se ejecutarán reconociendo la diversidad biológica (interacción suelo - ambiente - organismos vivos), y las especificidades geográficas, sociales, económicas, étnicas y culturales de los territorios.

También esta ley contempla un enfoque diferencial, en el sentido de que las acciones y estrategias del SNIA se ejecutarán de manera diferenciada, reconociendo que las personas tienen características particulares en razón de su edad, género, etnia, situación de discapacidad, ingreso y nivel patrimonial o cualquier otra condición especial, como es el caso de la condición de víctima en los términos de la Ley 1448 de 2011.