La coherencia y el Procurador | El Nuevo Siglo
Lunes, 12 de Septiembre de 2016

A propósito de la anulación que hizo el Consejo de Estado de la reelección del Procurador, vale la pena analizar algunos aspectos.

El primero que, al anular la reelección el Consejo de Estado dijo que la Corte Suprema lo había escogido a pesar de que tres magistrados tenían “parientes” empleados en la Procuraduría. La Corte dice que, siguiendo las pautas del mismo Consejo en su momento,  rechazó los impedimentos que esos magistrados alegaron. ¿Cambió el Consejo su doctrina? ¿Lo hizo ad hoc, por razones políticas? Ahora la Corte escogió para la terna para sucederlo al antiguo vicefiscal de Montealegre. ¿Habrá empleados en la Fiscalía parientes de los magistrados? Como no se conoce la sentencia, no sabemos a qué clase de “parientes” se refiere el Consejo de Estado.   

Lo segundo es que se le ha criticado al Procurador  “el uso excesivo de recursos judiciales”. Los recursos judiciales están diseñados por la ley para que los procesados se puedan defender ante los jueces durante el procesos. ¿Cuándo son excesivos?  A mí no me enseñaron en la Universidad que hubiera límites cuando forman parte del “debido proceso”. Pero, aparentemente, se le critica al Procurador que no hubiera agachado la cabeza ni se hubiera dejado llevar como cordero al matadero.

Lo tercero es que se le critican sus actitudes. En efecto, se dice que el Procurador actuó por razones de convicción moral y no por defensa de la ley. El art. 277 de la Constitución le confía el Procurador, entre otras funciones, vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos; proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad; defender los intereses de la sociedad; defender los intereses colectivos; y ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley. Y eso es exactamente lo que hizo. Pero se critica su “cristianismo”, su posición frente al aborto, a la dosis mínima de drogas, a las “familias” homosexuales, a las megapensiones. ¿Dónde están las leyes violadas por el Procurador en esos campos? El Procurador sancionó a muchos funcionarios por lo que consideró conductas punibles, como a Piedad Córdoba, al alcalde Petro, a los Moreno Díaz, pero también a Sabas Pretelt y a Andrés Felipe Arias. No se le puede tachar de parcializado. 

La piedra de toque fue, por supuesto, su posición frente al Acuerdo de La Habana. Como medio país, el Procurador pensó que se estaban haciendo demasiadas concesiones y que había que sancionar a los autores de innumerables crímenes de lesa humanidad e infracciones graves del derecho de guerra. Pero eso lo llevó a un enfrentamiento con el Presidente. Este, aprovechando que en Colombia no hay, hoy por hoy, independencia de los poderes, ganó la batalla. Criticó al Consejo de Estado por no tomar una pronta decisión y este obedeció dócilmente. Y no he leído que los que critican al Procurador, critiquen la indebida interferencia del Presidente en la administración de justicia. Ojalá los críticos del Procurador tuvieran su coherencia.

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Coda: Ya es hora de que Peñalosa mande de paseo al Secretario de la Inmovilidad.