Procurador pidió dar vía libre a Ley de Zidres | El Nuevo Siglo
Foto Agence France Press
Jueves, 25 de Agosto de 2016
Redacción Política

Declarar exequible la Ley que creó la Zidres (Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social), solicitó  el procurador Alejandro Ordóñez en un concepto que hizo llegar a la Corte Constitucional, que estudia una demanda que presentó hace unos meses el senador Jorge Robledo, del Partido Polo Democrático.

La Ley de las Zidres impulsada por el Gobierno nacional fue aprobada  en el Congreso de la República en medio de las críticas del Polo Democrático y otros partidos minoritarios, así como organizaciones campesinas y sociales porque, indicaron, de esta forma se estaría entregando a los grandes productores del campo los baldíos, que por Constitución están reservados a campesinos sin tierras.

Sin embargo, el Gobierno argumenta que la intención de esta ley es desarrollar cerca de 7 millones de hectáreas en zonas apartadas de centros urbanos, en donde la tierra requiera grandes inversiones para empezar a producir, sin infraestructura y vías de acceso, que por lo tanto no serían viable a los campesinos acceder a ellas sin contar con el respaldo de los grandes productores.

“Esta es la ley más audaz de nuestra historia para garantizar el desarrollo del campo. Iniciamos el camino para convertirnos en la despensa de alimentos del mundo”, dijo el jefe de Estado el pasado 29 de enero, al momento de sancionar la Ley 1776 de 2016.

Los proyectos productivos aprobados en las Zidres gozarán de una política de incentivos y estímulos, siempre y cuando vinculen como asociados al pequeño o mediano productor sin tierra. Asimismo facilitarán que los campesinos y trabajadores involucrados en su desarrollo adquieran sus propias tierras. 

La demanda

El senador Robledo y los demás accionantes indican en la demanda que con la Ley de Zidres se vulneran el principio de cosa juzgada constitucional porque se reproduce el contenido de artículos de la Ley 1450 de 2011, que fueron declarados inexequibles por la Corte Constitucional.

En este sentido se hace referencia, entre otros, a la prohibición de adelantarse proyectos productivos dentro de estas zonas a las personas que ostenten propiedad sobre bienes inmuebles adjudicados como baldíos después de la expedición de la Ley 160 de 1994; a la habilitación al Ministerio de Agricultura para orientar y focalizar los estímulos e instrumentos de política a los proyectos productivos que suscriban en las Zidres.

Otro de los argumentos de los demandantes es que los artículos atacados violan el derecho de acceso a la tierra de los trabajadores agrarios por permitirse la concentración de la misma, en la medida que se entregan bienes del Estado a personas diferentes a los campesinos y se asignan funciones públicas a los dueños de los proyectos para que creen mecanismos para que los trabajadores agrarios sin tierra accedan a un porcentaje de la propiedad.

Qué dice el Procurador

El procurador Ordóñez Maldonado pidió a la Corte Constitucional frente a esta demanda declarar exequibles los artículos 1, 3, 6, 7, 8, 13, 14 y 17 de la Ley 1776 de 2016, demandados por los cargos de violación de los principios de cosa juzgada y de soberanía, y de seguridad alimentarias,  así como declararse inhibida por falta de certeza para conocer de fondo el cargo por violación al principio de igualdad.

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