Acuerdo de paz: ¿narcotráfico, delito conexo? | El Nuevo Siglo
Jueves, 25 de Agosto de 2016
Redacción Política

Otro de los puntos polémicos del acuerdo final de paz, cuyo texto completo fue revelado ayer, tiene que ver con la ley de “amnistías, indultos y tratamientos penales especiales”, que los negociadores redactaron de forma muy puntual y que será presentada al Congreso una vez se apruebe la refrendación popular del acuerdo y, por ende, se active el “acto legislativo de paz”, que crea un mecanismo legislativo especial y expedito para tramitar todas las leyes y reformas que se deriven del acuerdo final de paz.

Dicha proyecto de ley contiene no sólo lo relativo a la amnistía de los guerrilleros, sino también el procedimiento para el juzgamiento diferenciado dentro de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) de militares y civiles que incurrieron en delitos relacionados con el conflicto armado,

En el artículo 22 del proyecto de ley, que trata sobre los “criterios de conexidad”, se afirma que se entienden conexos con el delito político los delitos que reúnan los siguientes criterios:

Aquellos delitos relacionados específicamente con el desarrollo de la rebelión cometidos con ocasión del conflicto armado, como las muertes en combate compatibles con el Derecho Internacional Humanitario y la aprehensión de combatientes efectuada en operaciones militares; b. Aquellos delitos en los cuales el sujeto pasivo de la conducta es el Estado y su régimen constitucional vigente; c. Aquellas conductas dirigidas a facilitar, apoyar, financiar u ocultar el desarrollo de la rebelión.

Esto implicaría, entonces, que el narcotráfico, al que las Farc dicen que acudieron para financiar su guerra contra el Estado, sería un delito conexo y amnistíable. E igual pasaría con el secuestro de militares y policías, que son propios de la guerra al amparo del DIH. Pero no está claro qué pasará con los secuestros extorsivos de civiles, sobre todo porque la guerrilla dice que los pagos eran para financiar la lucha armada.