35 compromisos de cese el fuego y desarme | El Nuevo Siglo
Foto oficina del Alto Comisionado de Paz
Sábado, 6 de Agosto de 2016
Redacción Web

Las reglas que regirán el cese el fuego y de hostilidades bilateral y definitivo, anunciadas esta tarde en el comunicado conjunto en que se anunciaron los protocolos acordados entre el Gobierno y las Farc, fueron divulgadas en la web de la oficina del Alto Comisionado para la Paz.

Se trata de 35 “compromisos respecto a conductas y normas que garantizan la no violación de los acuerdos, ni la afectación de la población civil en sus derechos y libertades”.

Esto es lo que no pueden hacer las partes en conjunto y por separado:

05.08.2016
Borrador Conjunto
Protocolo capítulo de REGLAS QUE RIGEN EL CESE AL FUEGO Y DE HOSTILIDADES BILATERAL Y DEFINITIVO (CFHBD) Y DEJACIÓN DE LAS ARMAS (DA).

• Las conductas que se describen aquí son el núcleo principal de la actividad que tendrá el mecanismo de monitoreo y verificación (MM&V).
• Son reglas que buscan evitar situaciones que pongan en riesgo el cumplimiento del acuerdo de CFHBD y DA.
• Son conductas que NO deben ser realizadas, y que buscan que la población civil no sea afectada en sus derechos.

El Gobierno Nacional y las FARC-EP se comprometen a NO realizar en virtud del presente acuerdo las siguientes acciones:
1. Entrar en contacto armado.
2. Impedir u obstaculizar la labor del MM&V.
3. Ocultar información que sea relevante para el funcionamiento del MM&V y la implementación del acuerdo del CFHBD y DA.
4. Desplegar unidades armadas y personal no autorizado en las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN) - Puntos Transitorios de Normalización (PTN) y Zonas de Seguridad (ZS), bajo las condiciones definidas en el Acuerdo del CFHBD y DA.
5. Adelantar acciones que impidan la protección o asistencia humanitaria.
6. Utilizar lenguaje difamatorio por cualquier medio.
7. Ejecutar actos de violencia o cualquier amenaza que ponga en riesgo la vida e integridad personal contra la población civil, especialmente aquellos por razón de género.
8. Realizar acciones que atenten contra la integridad física o moral de la contraparte.
9. Realizar acciones que vayan en contra de la integridad y seguridad física del personal que conforma el MM&V.
10. Interferir en la labor del CI-MM&V frente a los procedimientos técnicos de registro, identificación, monitoreo y verificación de la tenencia, recolección, almacenamiento, extracción y disposición final del armamento de las FARC-EP.
11. Usar las Rutas de Desplazamiento, la adecuación de los dispositivos en el terreno, las ZVTN, los PTN y las Zonas de Seguridad para fines o propósitos diferentes a los acordados en el marco del CFHBD y DA.
12. Transgredir los acuerdos y protocolos relacionados con el ingreso y salida de las ZVTN y los PTN.
13. Hacer presencia temporal o permanente en las zonas de seguridad delimitadas previamente de común acuerdo.
14. Transgredir los compromisos adquiridos en el Acuerdo sobre CFHBD y DA.
15. Afectar los derechos y libertades de la población civil.
16. La Fuerza Pública mantendrá el cumplimiento de la Ley y en especial de la sentencia –T-455 de 2014- de la Corte Constitucional sobre la incorporación de integrantes a sus filas; y por su parte las FARC-EP no incorporará nuevos hombres y mujeres en sus filas (guerrillas y milicias).

El Gobierno Nacional se compromete a NO realizar en virtud del presente acuerdo las siguientes acciones:
1. Tener trato discriminatorio con el personal objeto de este acuerdo.
2. Diseñar, planear y ejecutar vuelos militares, por debajo de 5.000 pies de los niveles de vuelo.
3. Diseñar, planear y ejecutar operaciones de acción ofensiva contra los integrantes de las FARC-EP (guerrilla – milicias) que se encuentren en cumplimiento del acuerdo de CFHBD y DA.
4. Controlar el suministro de alimentos y medicamentos destinados a las áreas definidas en las ZVTN y los PTN.
5. Afectar o dañar las instalaciones adecuadas en las ZVTN y PTN.
6. Ingresar a las ZVTN, PTN y a las franjas de seguridad sin informar o coordinar con el MM&V.
7. Hacer propaganda hostil en contra de las FARC-EP.
8. Obstaculizar el desplazamiento de los integrantes de las FARC-EP hacia las ZVTN y los PTN.
9. Obstaculizar la atención médica a los integrantes de las FARC-EP.

Las FARC-EP se comprometen a NO realizar en virtud del presente acuerdo las siguientes acciones:
1. Hacer presencia armada y uniformada en cualquier lugar diferente a los campamentos.
2. Salir de las ZVTN o de los PTN sin cumplir los procedimientos acordados en materia de seguridad para los desplazamientos.
3. Adquirir, fabricar, portar o transportar armas municiones y explosivos no autorizados en el acuerdo del CFHBD y DA.
4. Interferir en el normal desarrollo de las funciones de las autoridades civiles, militares y de policía.
5. Cometer actos de destrucción o de daño material, de las obras e instalaciones, infraestructura, instalaciones gubernamentales y de la Fuerza Pública.
6. Realizar actividades ilícitas para la financiación de la organización.
7. Incrementar su capacidad de combate.
8. Comercializar o preparar depósitos clandestinos de armas y pertrechos.
9. Modificar sin justificación la cantidad y relación de personas y armas autorizadas para permanecer en los Campamentos.
10. Incumplir el procedimiento técnico acordado de registro y almacenamiento de las armas correspondiente a los y las integrantes de las FARC-EP que salen al cumplimiento de las tareas del proceso de paz y de los y las integrantes de esta organización asignados al MM&V.