Policías no podrán entrar a viviendas sin orden judicial | El Nuevo Siglo
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Jueves, 11 de Julio de 2019
Redacción Web

Se tumbó un artículo del código de policía que le permitía a los uniformados ingresar a viviendas sin la orden de un juez para desconectar cualquier fuente de ruido que pertubara la tranquilidad de la comunidad. La Sala Plena de la Corte Constitucional consideró que este violaba el derecho a la privacidad. 

“Desactivar temporalmente la fuente de ruido de un bien inmueble,se enmarca dentro de la atribución que les fue concedida a las autoridades de Policía”, de acuerdo a la norma.

No obstante, una demanda contra este artículo señalaba que la norma no establece un límite a la actividad de la Policía, pues se deja a discreción de los funcionarios transgredir derechos a la intimidad personal, a la familia o a la inviolabilidad del domicilio. En su decisión, el alto tribunal expone que la Institución no puede violar el derecho a la intimidad de las personas pero que si puede desactivar las fuentes de sonido si están fuera del domicilio teniendo en cuenta que estos si afecten la convivencia.