Bienes de las FARC, solo para reparar víctimas | El Nuevo Siglo
Foto archivo AFP.
Miércoles, 4 de Julio de 2018
Redacción Nacional

Los bienes que entreguen las Farc servirán solamente para reparar a las víctimas, pero no podrán ser utilizados para financiar el centro de pensamiento de la organización política, sentenció la Corte Constitucional.

Al avalar el decreto 903 del 2017, firmado el 29 de mayo de 2017 por el presidente Santos y que creó un inventario de bienes entregados por las Farc, el alto tribunal estableció que esa norma es válida en el entendido de que los bienes "serán destinados únicamente a la reparación de víctimas", cerrando cualquier otra posibilidad.

Con este pronunciamiento, la Corte cerró la polémica encendida en torno a si era posible que parte de los bienes fueran a financiar el centro de pensamiento del partido Farc, tesis defendida por los dirigentes de la colectividad toda vez que el decreto afirmaba que los bienes podían financiar los programas del punto 3.2.2 del acuerdo final, aparte de lo pactado en La Habana que hablaba, precisamente, de los planes de reincorporación y de un centro de pensamiento.

El fiscal general Néstor Humberto Martínez se había opuesto a esa posibilidad señalando que si el dinero podía financiar su centro de pensamiento se podía prestar para un "lavado de activos, pues eran las mismas Farc disponiendo de los bienes que habían adquirido ilícitamente". A su juicio, eso significaba que por esa vía esos bienes podrían terminar financiando su actividad política, lo cual además de ilegal, dice, es inaceptable.

Durante el estudio del decreto, la Corte escuchó a Martínez decirle que, en cuanto a la creación del mencionado centro de pensamiento, "el Estado debe garantizar otro tipo de recursos para los programas de reinserción que garanticen una paz estable y duradera", anotando que "hay contenidos normativos que deben ser retirados del ordenamiento jurídico por desconocer mandatos constitucionales".