Monopolio estatal de armas, a debate en el Congreso | El Nuevo Siglo
Foto cortesía Ejército
Miércoles, 24 de Mayo de 2017
Redacción Política

El proyecto de reforma constitucional por medio del cual se dictan disposiciones para asegurar el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas por parte del Estado, sería una de las primeras iniciativas producto del acuerdo de paz que discutirá el Congreso con los cambios que impone el reciente fallo de la Corte en el fast track en el trámite de las iniciativas para la implementación del acuerdo con las Farc.

Al resolver una demanda del partido Centro Democrático al Acto Legislativo para la Paz, la Corte Constitucional tumbó la disposición que dentro del fast track o trámite abreviado, permitía a los parlamentarios modificar el texto de los proyectos solo con el aval del Gobierno.

Para el tribunal constitucional el hecho que el Ejecutivo tenga la prerrogativa de autorizar o no cambios que propongan los parlamentarios a los proyectos y reformas para implementar la paz es una sustitución de poderes y va en contra de la Constitución.

De igual forma, la Corte ordenó que la votación de los acuerdos de paz debe hacerse artículo por artículo y no en bloque como en algunos casos se venía haciendo.

La aplicación del fallo de la Corte no tiene efectos sobre las reformas constitucionales o leyes que hayan sido aprobadas por el Congreso en su totalidad o al menos en uno de sus debates, pero sí sobre las iniciativas que no han tenido su primer debate y las que el Gobierno radicará en un futuro.

El proyecto

El proyecto de reforma constitucional por medio del cual se dictan disposiciones para asegurar el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas por parte del Estado establece que como una garantía de no repetición y con el fin de contribuir a asegurar el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas por parte del Estado, y en particular de la Fuerza Pública, en todo el territorio, se prohíbe la creación, promoción, instigación, organización, instrucción, financiación, apoyo, tolerancia, encubrimiento o favorecimiento de grupos civiles armados organizados ilegales de cualquier tipo, incluyendo los denominados autodefensas, paramilitares, así como sus estructuras o prácticas, grupos de seguridad ilegales o de justicia privada u otras denominaciones equivalentes.

Esta iniciativa de Acto Legislativo fue presentada por el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo,  el 4 de abril del año 2017 en desarrollo del Procedimiento Legislativo Especial establecido para la implementación de los acuerdos de paz.

El Gobierno nacional se comprometió en dicho acuerdo a incorporar a la Constitución la prohibición de la promoción, organización, financiación o empleo oficial y/o privado de estructuras o prácticas paramilitares y a desarrollar las normas necesarias para su aplicación, que incluirán una política de persecución penal, sanciones administrativas y disciplinarias.

“La necesidad de incorporar esa prohibición en la Constitución Política surge del carácter prolongado de un fenómeno que ha funcionado históricamente como uno de los instrumentos de la discriminación por motivos de las opiniones políticas y acciones de reivindicación de derechos”, indica el proyecto de ley en su parte motiva.

Añade que es una necesidad que nace también del impacto que, a lo largo de varias décadas, ha generado en términos humanitarios y económicos por la producción masiva de víctimas de exterminio, terror y destierro; y en términos políticos por el daño a bienes jurídicos que son pilares de una sociedad democrática como el derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, las libertades de asociación, conciencia, expresión y difusión del pensamiento, opinión, reunión y manifestación pública y pacífica.