3 mil presos saldrían por vencimiento de términos | El Nuevo Siglo
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Sábado, 27 de Mayo de 2017
Redacción Política
El  1° de julio vence prórroga que le dio el Congreso a la justicia para que entrara en vigor la Ley 1760, que fija términos para detención preventiva. No obstante el sistema judicial no pudo resolver miles de casos, por lo que habría excarcelaciones

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El próximo 1° de julio al menos 3 mil personas procesadas por delitos especiales que no han sido llamadas a juicio recobrarían su libertad por efectos de que entrará en vigor la Ley 1760. Así lo indicó ayer el fiscal General, Néstor Humberto Martínez, en Manizales  en donde asistió al foro Nuevo procedimiento penal abreviado y acusador privado.

El Fiscal General de la Nación recordó que para esa fecha estos internos cumplirían dos o más años de detención preventiva y podrían solicitar la sustitución de la medida de aseguramiento porque la Ley 1760 fijó los términos en que una persona pueda permanecer privada de la libertad sin ser llamada a juicio. 

Vale señalar que la Ley 1760 de 2015 estableció que la detención preventiva no se podrá extender por más de un año, esto con el fin de ponerle coto a la situación que se vive en el país, donde hay personas que llevan hasta tres años en las cárceles sin ser llamados a juicio.

Precisamente por la falta de claridad que existía en los términos de la detención preventiva, la Corte Constitucional en la Sentencia C-390/14 le dio plazo al Congreso de la República hasta el 20 de julio de 2015 para expedir la regulación correspondiente.

Por ello el Parlamento expidió la Ley 1760, la cual fijó en un año los términos para la detención preventiva, término que puede prorrogarse a solicitud del Fiscal o la víctima cuando el proceso se surta ante la justicia penal especializada o sean tres  o más los acusados contra quienes estuviere vigente la detención preventiva, o se trate de investigación o juicio de actos de corrupción.

Sin embargo, teniendo en cuenta que el sistema judicial no logró resolver en ese año la mayoría de casos por la congestión que presenta y que, como consecuencia, había la amenaza que entre el 6 y 7 de julio del 2016 salieran de la cárcel 10.811 sindicados por delitos menores, pues para esa fecha superaron el término de un año de detención preventiva sin ser llamados a juicio, fue necesario que el Parlamento aprobara la Ley 1786, que extendió por un año más la prórroga que había establecido la Ley 1760, término que ahora se cumplirá el primero de julio de 2017.

 

Informe al Congreso

La Ley 1786 estableció que el Ministerio de Justicia deberá presentar cada tres  meses un informe al Congreso de la República indicando el estado, el avance y la gestión adelantada en dichos procesos.

El año pasado, el Ministerio de Justicia indicó en un informe al Congreso que con la prórroga de la entrada en vigencia de la Ley 1760 y la incorporación de los delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, se puede afirmar que en julio 1° de 2017 (la fecha de entrada en vigencia del término máximo legal para la detención preventiva), un total de 3.616 personas procesadas por delitos especiales podrían solicitar la sustitución de la medida de aseguramiento, y en 3.839 casos la Fiscalía o el apoderado de la víctima podrían solicitar la prórroga de la medida hasta por otro año, por llevar más de un año y menos de dos en esta situación.

Los 3.616 detenidos que el primero de julio próximo podrán solicitar su libertad porque cumplirán dos o más años de detención preventiva, si es que a la fecha la justicia no ha resuelto su situación jurídica, desagregándolos son 1.605 por delitos sexuales; 983 por justicia penal especializada; 37 por actos de corrupción; y 91 por delitos con tres o más acusados.

En junio del año pasado, el entonces ministro de Justicia, Jorge Eduardo Londoño, dijo tras la aprobación por parte del Parlamento de la prórroga por un año más para la entrada en vigor de la Ley 1760 que “esperamos que no sea un año más, que se defina esa situación o sino en 2017 tendrán que salir más de 1.000 sindicados de delitos graves como abusos sexuales, contra la administración pública o vinculados con bandas criminales”.

Añadió Londoño  que “no es correcto tener a una cantidad de personas que después de años los mantengan privados de la libertad y no les definan si son culpables o no”.

Señaló también el entonces ministro de Justicia que “la libertad es lo común y no la detención, pero en el país la situación es diferente, las pretensiones contra el Estado son millonarias y eso lo podemos evitar resolviendo los procesos judiciales dentro de los términos”.

Se calcula que las pretensiones por demandas al Estado por privación no legal de la libertad suben a casi $25 billones.

 

Jubileo

El fiscal Martínez también ha mostrado su preocupación por varios proyectos de ley que han sido radicados en el Congreso para rebaja de penas después de oficializarse que el papa Francisco visitará Colombia en septiembre próximo, y que significarían la excarcelación de cerca de 40 mil internos.

El Fiscal General, quien en una carta que por este motivo hizo llegar al ministro de Justicia, Enrique Gil Botero,  dijo que estos proyectos "se inspiran en meras razones de benevolencia coyuntural sin considerar su impacto en la política criminal del Estado". Agregó que "buscan el otorgamiento de beneficios indiscriminados a favor de la población carcelaria, sin reparar en sus consecuencias".

Incluso, el Fiscal General advirtió que una rebaja de penas en este momento significaría  "la libertad inmediata de los procesados por el escándalo de Odebrecht".

Sin embargo, los cuatro proyectos de ley que con este propósito fueron radicados están ‘varados’ en la Comisión Primera a la espera de que rinda concepto sobre los mismos el Consejo Superior de Política Criminal.

Hasta que no lleguen esos conceptos la Comisión Primera del Senado de la República no puede tomar decisión alguna, como es mirar si los acumula en uno solo, por tratar la misma materia, y designar ponentes para el primer debate.

Vale recordar en este sentido que la Corte Constitucional en la Sentencia T-762 del 2015 advirtió en el marco de la existencia de un estado de cosas inconstitucional en materia carcelaria,  originado en que los internos ven afectados varios de sus derechos fundamentales debido al sobrecupo en las prisiones, a los ministerios que quieran presentar al Congreso proyectos de ley que incidan en la política criminal y en el funcionamiento del sistema de justicia penal y penitenciario y/o que afecten directa o indirectamente el derecho a la libertad individual de las personas o las condiciones de la población reclusa, que primero la iniciativa debe ser presentada ante la Secretaría Jurídica de la Presidencia y el Consejo Superior de Política Criminal, con el fin de obtener un concepto previo.

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