La “consulta anticorrupción” | El Nuevo Siglo
Lunes, 16 de Abril de 2018
  • Pulso de tesis entre promotores y críticos
  • Senado debe decidir con máxima objetividad

 

Mañana, la plenaria del Senado debe decidir si da un concepto favorable sobre la llamada “consulta anticorrupción” que el año pasado logró el respaldo de más de cuatro millones de firmas, de las cuales, un poco más de tres millones fueron declaradas válidas por la Registraduría, y luego en enero, avalados los informes contables de esa campaña en el Consejo Nacional Electoral. Ahora, según lo mandado por la Constitución y la ley 134 de 1994 sobre mecanismos de participación ciudadana, le corresponde al pleno de la Cámara Alta legislativa avalar o negar los puntos que se pretenden someter a consideración del constituyente primario. Si el resultado fuera positivo, antes de tres meses debería agendarse la cita en las urnas. Incluso, sus promotores consideran que si el espaldarazo se produce hoy, la votación podría llevarse a cabo un día antes -el sábado-, de la fecha estipulada para la segunda vuelta de los comicios presidenciales, el domingo 17 de junio.

La denominada “consulta anticorrupción”, consta de siete propuestas que comienzan por bajar el salario de los congresistas y altos funcionarios; que los condenados por corrupción no sólo queden por fuera de los beneficios penales y penitenciarios, sino que se les prohíba volver a contratar con el Estado. También se plantea que para hacer más transparente la contratación oficial se impongan como obligatorios los denominados “pliegos tipo”, que impiden que las licitaciones sean direccionadas para que las gane determinado proponente; igualmente se busca que la definición y asignación de los presupuestos de las entidades oficiales se realice en audiencias públicas con amplia participación ciudadana. A lo anterior se suma, que los congresistas deban rendir cuentas periódicas sobre su gestión, conflictos de intereses, patrimonios y sentido de sus votaciones en proyectos de ley y reforma constitucional; en la misma dirección, se establecería la obligatoriedad para que los funcionarios hagan públicas sus declaraciones de renta, con el fin de poder detectar ingresos ilícitos y someterlos a extinción de dominio. Y, por último, se propone que sólo se puede estar un máximo de tres periodos en las corporaciones públicas de elección popular.

El debate en torno a la conveniencia de esta “consulta anticorrupción” no es menor. Sus defensores sostienen que el Congreso en repetidas ocasiones ha tramitado proyectos de ley y de acto legislativo para hacer realidad varias de esas propuestas, pero ha fracasado o lo aprobado fue inútil o insuficiente. Por lo mismo, aducen que es necesario acudir al constituyente primario para que dé el respectivo mandato obligatorio a los tres poderes públicos, esquivando así el obstáculo de la falta de voluntad de la clase política para hacer más transparente el manejo de la cosa pública. Del otro lado, están quienes sostienen que varios de los temas que se busca someter a consideración de la ciudadanía, ya están contenidos en los estatutos Anticorrupción y de Contratación, así como en otras disposiciones de carácter legal, administrativo o reglamentario. Incluso se trae a colación que en el Congreso, en estos momentos, hay iniciativas en curso que van mucho más allá de algunos de los planteamientos excesivamente genéricos de la propuesta sobre la que hoy la plenaria del Senado debe decidir.

Pero hay otro flanco en este delicado asunto que no se puede perder de vista: se propone citar a los colombianos a votar la llamada “consulta anticorrupción” en medio de la campaña presidencial, siendo conocido que los promotores de la misma son, precisamente, uno de los tiquetes de candidatos en carrera por conquistar la Casa de Nariño. Es apenas evidente el riesgo de una utilización política y electoral parcializada del mecanismo de participación popular. Negarlo, sería de una extrema ingenuidad.

Como se ve, no es nada fácil la decisión que hoy o en los próximos días debe tomar la plenaria del Senado, en donde todos los anteriores elementos de análisis se han sopesado por parte de las distintas bancadas. Hay que respetar las iniciativas de participación ciudadana, pese a graves antecedentes en contrario como el del resultado del plebiscito de paz en 2016. Eso es claro. Pero también lo es el hecho de que no sólo por los altos costos económicos de una cita a las urnas, sino especialmente, por la imperiosa necesidad de preservar la legitimidad y transparencia democráticas; por lo que debe evitarse someter a consideración de los colombianos asuntos ya contemplados en la legislación vigente pero cuya aplicación es deficiente. Igualmente es urgente evitar un evidente desequilibrio proselitista en la campaña presidencial.

La palabra, entonces, la tienen los senadores, quienes deben proceder con la máxima objetividad, privilegiando los intereses nacionales y no los particulares.