Reglamentarán curul para San Andrés | El Nuevo Siglo
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Lunes, 24 de Abril de 2017
Redacción Política

En un proyecto de ley trabaja el Ministerio del Interior para la reglamentación de la curul en la Cámara de Representantes para la comunidad raizal que se elegirá en la circunscripción territorial conformada por el departamento archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

Este era el segundo escaño de la representación de colombianos en el exterior en la Cámara, hasta que la Reforma de Equilibrio de Poderes le dio la nueva destinación en favor de los raizales de San Andrés.

No obstante antes de presentar dicho proyecto de ley al Congreso de la República el Ministerio del Interior, a través de la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palanqueras, debe adelantar un proceso de consulta previa con la comunidad raizal del archipiélago.

Es de anotar, que este proceso de consulta previa de la curul raizal se lleva a cabo en cumplimiento de los compromisos del Gobierno nacional frente a la participación política y democrática para este pueblo.

Tras la Reforma de Equilibrio de Poderes el artículo No. 6 de la Constitución quedó: “La circunscripción territorial conformada por el departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, elegirá adicionalmente un Representante por la comunidad raizal de dicho departamento, de conformidad con la ley.

El proyecto

El borrador del proyecto de ley para la reglamentación de la curul a la Cámara de Representantes para la comunidad raizal del archipiélago de San Andrés establece que quienes aspiren a ser candidatos deberán acreditar además de los requisitos establecidos en el artículo 177 de la Constitución, ser raizal, condición debidamente acreditada; además ser miembro y estar avalado por una organización de la comunidad raizal de esta región del país.

En las circunscripción territorial de la comunidad raizal la inscripción de las listas solo podrá ser realizada por partidos y movimientos que hubiesen obtenido su personería jurídica con fundamento en el régimen excepcional previsto en la ley para tales minorías o por movimientos sociales integrados por miembros de dichas comunidades.

El proyecto de ley establece también que el Representante a la Cámara elegido a la curul adicional por la comunidad raizal estará sujeto al régimen general de inhabilidades e incompatibilidades de los congresistas.

De igual forma el texto señala que ningún ciudadano en el archipiélago  podrá votar simultáneamente por más de un candidato a la Cámara de Representantes, sea por la circunscripción territorial del Departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, la territorial adicional por la comunidad raizal o la circunscripción especial.

También establece el proyecto de ley que la elección a la curul adicional a la Cámara de Representantes por la comunidad raizal de esta región del país se efectuará conjunta con la elección que se realice del Congreso de la República.

Para las elecciones a celebrarse en el año 2018, los residentes en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, cuya tarjeta definitiva -Occre, haya sido expedida en un lugar distinto al señalado en la respectiva tarjeta, podrán votar en las mesas que determine la Registraduría Nacional del Estado Civil. 

Aquellas personas que no aparezcan en el listado (censo electoral) o presenten incongruencias en su documentación, podrán votar en una mesa especial que determine la Registraduría Nacional del Estado Civil, previa confrontación y verificación con el sistema de expedición de tarjetas que lleva la Oficina de Control de Circulación y Residencia – Occre.

El proyecto de ley prevé también la depuración permanente del censo electoral. Para tal fin la Occre, en coordinación con la Registraduría Nacional del Estado Civil, actualizará permanentemente dicho censo.

Para este propósito  la Occre implementará una herramienta tecnológica que permita la automatización de la base de datos de los residentes del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

La iniciativa de  asignar una curul en la Cámara de Representantes a los raizales del archipiélago de San Andrés  fue uno de los aportes que surgieron en el diálogo que entabló el Gobierno nacional con los sanandresanos tras el fallo de la Corte Internacional de La Haya, en el cual definió el límite marítimo de Colombia con Nicaragua, entregando a ese país cerca de 90 mil kilómetros cuadrados de mar. Ello afectó especialmente a los pescadores de esta región.