¿Qué se puede o no hacer durante la cuarentena que arranca este sábado?   | El Nuevo Siglo
Ayer el secretario de Gobierno, Luis Ernesto Gómez, aclaró varios apartados del Decreto 135 del 5 de abril
Cortesía secretaría de Gobierno
Miércoles, 7 de Abril de 2021
Redacción Nacional

Este martes comenzó a aplicarse la medida de pico y cédula y pasado mañana a las cero horas comenzará a regir en la ciudad de Bogotá una restricción en la movilidad de la ciudadanía, tanto vehicular como peatonal, para prevenir el aumento en el número de contagios, y para que la ciudad se anticipe a un tercer pico previsto para la última semana de abril.

Estos cuatro días de cuarentena obligatoria, que se extenderán hasta el martes 13 a las 4 de la mañana, se conducirán, como bien aclaró el secretario de Gobierno, Luis Ernesto Gómez, “exactamente con las mismas reglas que las del simulacro”.

Ese mismo día el Comité Epidemiológico Nacional se reunirá para evaluar si estas medidas se volverán a implementar.



Dicho eso, muchos tendrán inquietud sobre ¿qué se puede o no hacer durante las 72 horas de confinamiento? ¿Y quiénes estarán exceptuados de esta medida?

“Durante este fin de semana únicamente estarán habilitadas las actividades de carácter esencial de abastecimiento, salir al médico, quienes trabajan en vigilancia, en telecomunicación y cuidado de menores o vulnerables. Todas las demás actividades no podrán realizare. Es una cuarentena general como la que hemos vivido en el pasado. Todas las actividades no esenciales quedan canceladas”, indicó este martes a primera hora del día el secretario de Gobierno, Luis Ernesto Gómez.

Excepciones: En específico, durante sábado, domingo y lunes (hasta el martes a las 4 de la mañana), estarán exceptuados de esta medida aquellas personas y vehículos indispensables para el abastecimiento y adquisición de alimentos, productos farmacéuticos, de salud, y de primera necesidad. También, para la adquisición de estos productos solo podrá desplazarse exclusivamente una sola persona por núcleo familiar.

También están exceptuadas las personas que se encargan de la prestación de los servicios administrativos, operativos o profesionales de los servicios públicos y privados de salud, y aquellas personas que cuidan institucional o domiciliariamente de personas vulnerables, menores o animales.

Así mismo, las personas que atienden emergencias médicas y veterinarias como los servicios de ambulancias, sanitario, atención prehospitalaria, distribución de medicamentos a domicilio, farmacias y aquellos destinados a la atención domiciliaria. También los vacunadores, la cadena encargada de la producción y abastecimiento de insumos de primera necesidad, comercio electrónico, empresas postales, acueducto, alcantarillado, energía, aseo, etc., y servicios de telecomunicaciones.

Venta de licor: Quedará restringido en sitios públicos o abiertos al público desde las cero horas del sábado diez de abril de 2021 hasta las 4:00 horas del martes 13 de abril de 2021. Aún así, y como en ocasiones previas, su venta está autorizada cuando se realice a través de domicilio. No obstante, el secretario Gómez aclaró que estas medidas no implican un levantamiento del piloto de bares, establecimientos que podrán volver a abrir el martes y para los cuales no regirá el pico y cédula.

Vacunación: No se interrumpirá. Las personas que estén agendadas para vacunarse deberán asistir a su cita (sea asignada o por pico y cédula). “Es muy importante que no desaceleremos, a pesar de este tercer pico, los esfuerzos de vacunación y quienes las tengan programada háganla sin duda alguna”, enfatizó Gómez.

Colegios: El retorno presencial a clase es primordial, razón por la cual el retorno a clases continuará su ritmo y los colegios retomarán sus clases a partir del martes.

Actividades lúdicas y al aire libre: El Instituto Distrital de Recreación y Deporte podrá autorizar la realización de eventos deportivos profesionales que cumplan con los protocolos de bioseguridad establecidos por las autoridades competentes en los días de restricción. Los capitalinos podrán hacer ejercicio una hora al día pero no estará habilitada ni la ciclovía ni los parques metropolitanos.

Centros comerciales: Las grandes superficies, almacenes de cadena y centros comerciales, podrán funcionar en su totalidad, siempre y cuando mínimo el 50% de sus áreas o de su oferta comercial sea de bienes considerados como esenciales o de primera necesidad, en caso de no cumplir este porcentaje no podrán funcionar durante el periodo de restricción.

Los trasteos: Las mudanzas solo podrán realizarse con estricto cumplimiento por parte del interesado y de la empresa prestadora del servicio, de los protocolos de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del coronavirus establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social y en casos de extrema necesidad, tales como, finalización del contrato de arrendamiento, para atender personas en estado de vulnerabilidad manifiesta o cuando no existan otras alternativas que garanticen la vivienda digna y circunstancias análogas.

Pico y cédula: A partir de este martes comenzó a regir en la ciudad de Bogotá, la medida de pico y cédula para disminuir las aglomeraciones en establecimientos de comercio y otros servicios de la ciudad.  Esta es una medida que se aplicará hasta el próximo 19 de abril a la medianoche y que no tiene mayores indicaciones: las cédulas pares no podrán salir los días pares, y las cédulas impares no podrán hacerlo los días impares.

Como en todas las ocasiones previas que se ha aplicado, el último dígito de la cédula establece la restricción. Solo se permitirá la circulación de una sola persona por núcleo familiar para la adquisición de bienes y servicios, y el control de esta medida estará en cabeza de los establecimientos de comercio o entidades públicas.

El Secretario aclaró que esta medida no aplica para el transporte público.

Incumplimiento de medidas: Si bien el incumplimiento podrá acarrear sanciones tales como amonestación, multa, suspensión de actividad, cierre de establecimiento y demás aplicables, sin perjuicio de incurrir en las conductas punibles previstas en la Ley 599 de 2000, tanto la alcaldesa Claudia López como su secretario de Gobierno, Luis Ernesto Gómez, hicieron un llamado para que este no sea el incentivo para acatar las normas, sino la conciencia colectiva y el autocuidado. Aún así, la multa es de $936.000.

No obstante, el decreto “insta a los organismos de seguridad del Estado y a las autoridades civiles a hacer cumplir lo dispuesto en el presente decreto, para lo cual deberán realizar los operativos de rigor en toda la ciudad y procederán a aplicar las medidas correctivas de su competencia”.

Viajes intermunicipales

Ahora bien, de acuerdo con el Secretario de Gobierno como esta próxima cuarentena será durante el fin de semana, podrán regresar a Bogotá las personas que tengan un hecho de fuerza mayor o porque residen en la ciudad y les toca regresar, “pero este no es un puente festivo. No programen plan por esta medida. Quedémonos en casa”, indicó Gómez y añadió que habrá 35 puestos de control en todas las entradas y salidas de Bogotá.

Estos puestos estarán apoyados tanto por la Policía y el Ejército Nacional, y se verificará que “las personas realmente no estén haciendo turismo sino motivados por fuerza mayor. Pero no se trata de la autoridad que nos controla sino de cada uno de nosotros controlándonos a nosotros mismos y con la consciencia de que estamos atravesando un tercer pico”.

A este respecto es importante referir que este martes el gobernador de Cundinamarca, Nicolás García, instauró un toque de queda en el departamento que regirá entre la medianoche y las 5 de la mañana del 6 al 19 de abril.