Movilidad explica que no hay caducidad de comparendos | El Nuevo Siglo
Foto tomada de Bogota.gov.co
Viernes, 24 de Marzo de 2017
Redacción Bogotá

Debido a que en los últimos días se ha especulado sobre la caducidad de comparendos en el país sobre todo en la capital, la Secretaría Distrital de Movilidad como la autoridad de tránsito en Bogotá, considera necesario precisar los datos que a la fecha tiene la entidad relacionados con la imposición, notificación de comparendos y las estrategias realizadas para que los infractores paguen sus obligaciones por concepto de multas de tránsito.

De la misma forma quiere puntualizar sobre los datos publicados en algunos medios de comunicación en torno a que sobre las presuntas “caducidades” se precisa que a la fecha, en la Secretaría Distrital de Movilidad no se han presentado caducidades para expedir resoluciones de fallo que declaren la responsabilidad contravencional por violación a las normas de tránsito terrestre.

Desde la Subdirección de Jurisdicción Coactiva de la Entidad se adelantan todas las gestiones administrativas y jurídicas para invitar a los deudores al pago de sus obligaciones, en el marco de una estrategia de “Ponte al día con Bogotá”. Adicionalmente durante el 2016 se adelantaron estrategias coercitivas para el pago de las obligaciones como:

·         10.132 decretos de embargos de bienes inmuebles y vehículos.

·         Se enviaron 66.000 comunicaciones previas al reporte a Centrales de Riesgo.

·         Gestión persuasiva a través de mensajes de texto, correos electrónicos y cartas físicas.

·         108.000 notificaciones de mandamientos de pago.

El vencimiento del tiempo que tiene la Secretaría Distrital de Movilidad para el cobro, no se debe ver como un sinónimo de falta de gestión o inoperancia, en la medida que aun cuando se realicen trámites tendientes a la recuperación de las obligaciones, factores como la capacidad patrimonial de los deudores e inembargabilidad de bienes y salarios, imposibilitan el recaudo de los dineros.

De conformidad con el Sistema de Información Contravencional -Sicon- para el 2016 en Bogotá se impusieron 555 mil comparendos que corresponde a 3.96 por cada 10 vehículos sobre un total de 2.2 millones de vehículos matriculados.

Respecto del total de comparendos impuestos en Bogotá en la vigencia 2016, el 20,45% (113.527) corresponden a las infracciones relacionadas con la seguridad vial como embriaguez (F), exceder los límites de velocidad (C29), conducir sin licencia (B01), no aportar el SOAT (D02), no tener vigente la revisión técnico-mecánica (C35) y conducir motocicletas sin respetar las normas (C24).

Durante la vigencia 2016 se impusieron en Bogotá 3.280 comparendos por embriaguez, de los cuales a 2.916 conductores les fueron suspendidas las licencias de conducción; 310 se encuentran pendientes de decisión definitiva y 54 fueron exonerados.

Finalmente se precisa que para la vigencia 2016 se adelantaron 32.800 salidas de vehículos inmovilizados por las infracciones relacionadas con seguridad vial, así: C35. 23.529; B01, 3.328; D02. 2.663; y F. 3.280.

En este sentido, dentro del marco de la gestión de cobro que la Secretaría Distrital de Movilidad adelanta desde la Subdirección de Jurisdicción Coactiva, se han otorgado facilidades de pago a los deudores que han demostrado interés en ponerse al día con Bogotá, con el fin de que estos puedan hacer uso de un plazo para la cancelación de las multas.

Para acceder a la facilidad de pago, los deudores de la Secretaría deben presentar una garantía que respalde el cumplimiento del acuerdo, para lo cual es posible constituir póliza de seguro de crédito.

Durante el año 2017, han sido aportadas por parte de los deudores que solicitaron facilidades de pago, 1.469 pólizas, con un promedio de 184 semanales.

Desde que la póliza es ofrecida en el mercado por parte de compañías aseguradoras (diciembre de 2015), han sido otorgadas 24.291 facilidades de pago respaldadas con pólizas por valor de $29.934.022.486.

Los deudores pueden constituir una póliza de seguro de crédito, en cualquier compañía aseguradora que ofrezca el producto, para lo cual debe aportar copia del documento de pre-aprobación de la facilidad emitido por la Secretaría Distrital de Movilidad.