HRW pide a Corte aclarar varios aspectos de Ley de Amnistía | El Nuevo Siglo
Foto El Nuevo Siglo - Juan Sebastián Cuellar
Viernes, 24 de Marzo de 2017
Redacción Política

En un momento en que la Corte Constitucional está ad portas de pronunciarse sobre el examen de exequibilidad que practica a la Ley de Amnistía, la primera que aprobó el Congreso para la implementación del acuerdo de paz, la ONG Human Rights Watch le hizo llegar un documento con varios reparos, como es que algunas de sus disposiciones no están en sintonía con el derecho internacional y el mismo colombiano.

“Nos preocupa que algunas disposiciones de dicha ley puedan limitar la posibilidad de juzgar abusos, respecto de los cuales existe una obligación jurídica de asegurar justicia", señaló Human Rights Watch.

 

No obstante, la ONG advierte en el documento que hizo llegar a la Corte Constitucional que apoya el acuerdo de paz y que sean concedidas amnistías a personas que no incurrieron en graves delitos. Sin embargo al respecto anota que "la enumeración de esas atrocidades contiene ambigüedades que podrían permitir que responsables de graves violaciones de derechos humanos se beneficien con amnistías".

Como ejemplo pone que la Ley en cuestión establece que no serán amnistiables los "graves crímenes de guerra", pero solo cuando son perpetrados de manera sistemática.

​ "Este lenguaje parece emular erróneamente el artículo 8(1) del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI) con la intención de establecer que solo se excluirán de la amnistía aquellos delitos con mayores probabilidades de ser juzgados dentro de la competencia de la CPI. No obstante, con esta disposición podrían concederse amnistías a numerosos crímenes de guerra si los acusados demuestran que estos no se cometieron de manera sistemática", dice Human Rights Watch en el memorial.

De igual forma expresa su preocupación porque el mecanismo establecido para otorgar libertad a los integrantes de la Fuerza Pública y a los guerrilleros responsables de crímenes de guerra no contempla garantías para evitar que terminen evadiendo la justicia.

En cuanto a las inconsistencias que según Human Rights Watch existen entre la Ley de Amnistía y la normatividad colombiana pone como ejemplo las llamadas “ejecuciones extrajudiciales”, que son mencionadas en la ley pero que como tal no existen en el Código Penal, donde podría emularse con el homicidio agravado u homicidio en persona protegida.

Por ello, la ONG pidió a la Corte Constitucional aclarar la equivalencia entre estos delitos y que por ello no serán objeto de amnistía.

Algo parecido, añade, sucede con el término “sustracción de menores” que figura en la Ley de Amnistía pero no existe como tal en el Código Penal.

De igual forma la ONG con sede en Washington dice a  la Corte que es necesario aclarar a qué se refiere la ley cuando menciona “otras formas de violencia sexual” y “privación grave de la libertad” como crímenes que no recibirían amnistías.

También hace reparos por la disposición contenida en la Ley que permite a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP renunciar al ejercicio de la acción penal contra combatientes de las Farc que no hayan tenido una participación “determinante” en atrocidades.

Al respecto indica que considerando que el "acuerdo y la ley no contienen ninguna definición de lo que se entiende por ‘determinante’, ni brindan pautas de interpretación para asegurar que la definición utilizada sea acorde con el derecho internacional", es necesario que la Corte haga la respectiva aclaración para evitar que sean concedidas amnistías a integrantes de las Farc involucrados en graves delitos.

La Procuraduría

El Ministerio Público pidió en un concepto  a la Corte Constitucional exhortar al Gobierno nacional y al Congreso de la República para que en ejercicio del procedimiento legislativo para la paz se complementen las medidas de protección para niños y adolescentes que se anuncian en el artículo 20 del Decreto 277 de 2017, que regula la amnistía para las personas privadas de la libertad por delitos políticos y delitos conexos con éstos.

Estimó en su concepto que los procedimientos señalados en este decreto no podrán descartar el ejercicio de garantías constitucionales como la acción de tutela y el habeas corpus.

La Procuraduría General solicitó a la Corte Constitucional que declare exequible, con condicionamiento integral, el Decreto 277 de 2017.

La Entidad solicitó el condicionamiento integral dado que este decreto de Amnistía conforma una unidad normativa, con los beneficios de la Ley, por lo que una eventual inconstitucionalidad posterior, total o parcial, de la Ley 1820 de 2016, traería consigo el “decaimiento automático” de los apartes del decreto antes mencionado. Es decir, que si se cae la ley en consecuencia se cae el decreto.