Obligarían a cumplir el pago de las cuotas alimentarias | El Nuevo Siglo
Diana Rubiano / El Nuevo Siglo
Domingo, 17 de Febrero de 2019
Redacción Nacional

Crear el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), como mecanismo de control al cumplimiento de las obligaciones alimentarias, es lo que pretende el proyecto de ley promovido por la senadora Maritza Martínez, del Partido Social de Unidad Nacional (La U).

La iniciativa establece que la medida se aplique a todas las personas que se encuentran en mora de tres cuotas alimentarias sucesivas en sentencias ejecutorias, acuerdos de conciliación o cualquier título ejecutivo que contenga obligaciones de carácter alimentario.

Plantea que en el procedimiento para la inscripción en el registro de deudores alimentarios morosos, el acreedor deberá solicitar el registro ante el juez que conoce el proceso ejecutivo, el cual deberá correr el traslado de la solicitud al deudor que se estima en mora por tres días, al término de los cuales resolverá sobre la procedencia o no de la misma.

Una vez se establezca la decisión que ordena la inscripción en dicho registro, el juez comunicará en un plazo no mayor a tres días a la entidad encargada de su operación con el objetivo de hacerla efectiva.

La propuesta estipula que solo podrá incluirse como excepción a la solicitud del Redam, el pago de las obligaciones alimentarias que se encuentren en mora.

En el caso de que se cancelen las cuotas de alimentación que se encontraban atrasadas, el juez deberá dar un plazo de tres días a la entidad encargada de la operación para que se cancele la inscripción de la persona en dicho registro y en el mismo oficio ordenará que la información del deudor sea retirada de manera inmediata.

De ser aprobado el proyecto, la iniciativa será implementada en los seis meses siguientes y será administrada por el Ministerio de Justicia y del Derecho, el cual además, tendrá que actualizar de manera constante el registro nacional de deudores de cuotas alimentarias.

El registro llevará los nombres de los deudores, el número de identificación, la dirección del domicilio, así como la identificación del documento en el que consta la obligación alimentaria, las cuotas en mora, o el valor total de la deuda y la identificación del despacho judicial que ordena el registro.

El proyecto muestra que quienes se registren allí, tendrán consecuencias como la inhabilidad para contratar con el Estado y no podrán asumir cargos públicos. Si el deudor solicita un crédito en una entidad bancaria y esta se lo otorga, tendrá la obligación de cancelar la deuda de manera inmediata.

De acuerdo con la exposición de motivos del proyecto, en el país “hay un aspecto de vulneración de los derechos al interior de la institución familiar, que si bien ha tenido desarrollos normativos, su despliegue en materia de política pública ha sido tan limitado que la aplicación normativa resulta insuficiente para atender la magnitud de la problemática”, la cual está asociada al incumplimiento de la obligación alimentaria con los hijos y las repercusiones que esta tiene para ellos, la madre o el padre que tiene el cuidado y la manutención de los menores.

Cabe señalar que la iniciativa fue aprobada en segundo debate el pasado 20 de noviembre en la plenaria de la Cámara de Representantes y continuará su trámite en el Congreso, en las sesiones ordinarias que inician el próximo 16 de marzo.